RESOLUCIÓN DE LA ∗ CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 27 DE ENERO DE 2007 MEDIDAS PROVISIONALES RESPECTO DE EL SALVADOR AMPLIACION DE MEDIDAS PROVISIONES A FAVOR DE RICARDO ALBERTO IGLESIAS HERRERA EN RELACION CON LAS MEDIDAS PROVISIONALES A FAVOR DE GLORIA GIRALT DE GARCIA PRIETO Y OTROS CASO GARCIA PRIETO Y OTROS VISTOS: 1. El escrito de solicitudes, argumentos y pruebas presentado por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional y el Instituto de Derechos Humanos de la Universidad Centroamericana “José Simeón Cañas”, representantes de las presuntas víctimas (en adelante “los representantes”) en el caso García Prieto Giralt y otros, el 26 de mayo de 2006, mediante el cual ofrecieron dentro de la prueba testimonial y pericial a varios testigos y peritos, entre los que se encuentra el señor Ricardo Alberto Iglesias Herrera, propuesto como perito. 2. La Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”) de 26 de septiembre de 2006, mediante la cual requirió a la República de El Salvador (en adelante “El Salvador” o “el Estado”) que adoptara de forma inmediata las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida y a la integridad personal de Gloria Giralt de García Prieto, José Mauricio García Prieto Hirlemann, María de los Ángeles García Prieto de Charur, José Benjamín Cuellar Martínez, Matilde Guadalupe Hernández de Espinoza y José Roberto Burgos Viale. 3. La comunicación de los representantes de 29 de noviembre de 2006, mediante la cual informaron que el señor Ricardo Alberto Iglesias Herrera, “quien fuera [ofrecido] por esta representación como perito en el [presente] caso[,] sufrió un atentado contra su vida e integridad personal”. Los representantes señalaron que los ∗ El Juez Diego García-Sayán se excusó de participar en la adopción y firma de las presentes medidas provisionales.

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