RESOLUCIÓN DE LA PRESIDENTA DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 17 DE DICIEMBRE DE 2020 CASO LEMOTH MORRIS Y OTROS (BUZOS MISKITOS) VS. HONDURAS VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso y el Informe de Fondo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”); el escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante el “escrito de solicitudes y argumentos”) de los representantes de las presuntas víctimas (en adelante “los representantes”), y el escrito de contestación al sometimiento del caso y al escrito de solicitudes y argumentos (en adelante “escrito de contestación”) de la República de Honduras (en adelante “Honduras” o “el Estado”). 2. La nota de Secretaría de 10 de noviembre de 2020 relativa a la procedencia del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “Fondo de Asistencia Legal de Víctimas”). 3. Las listas definitivas de declarantes presentadas por los representantes, el Estado y la Comisión y las correspondientes observaciones a dichas listas presentadas por las partes, y la Comisión. 4. El escrito de los representantes de 9 de diciembre de 2020, por medio del cual remitieron información adicional sobre la situación en Honduras y solicitaron que se permita la mayor flexibilidad posible en las modalidades y plazos para la presentación de pruebas dado el contexto actual que atraviesa la Mosquitia, y las observaciones a dicha solicitud presentadas por el Estado y la Comisión. CONSIDERANDO QUE: 1. El ofrecimiento y la admisión de la prueba, así como la citación de declarantes se encuentran regulados en los artículos 35.1.f, 40.2.c, 41.1.c, 46, 47, 48 y 50 del Reglamento de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte” o “el Tribunal”). 2. La Comisión ofreció tres declaraciones periciales y solicitó el traslado de un peritaje ofrecido en el Caso Empleados de la Fábrica de Fuegos de Santo Antônio de Jesus Vs. Brasil. Los representantes ofrecieron las declaraciones de ocho presuntas víctimas, un testigo y seis peritajes, y solicitaron a la Corte que requiera al Estado que proporcione los expedientes médicos y judiciales, así como los documentos de identidad, de algunas de las presuntas víctimas. El Estado ofreció las declaraciones de cuatro testigos.