-511. Tomando en consideración lo anterior, a continuación, el Presidente examinará de forma
particular, a partir de las objeciones y recusaciones presentadas: a) la admisibilidad de las
declaraciones ofrecidas por los representantes; b) la admisibilidad de las declaraciones
ofrecidas por el Estado; c) la admisibilidad del peritaje ofrecido por la Comisión y la solicitud
de interrogar a dos peritos propuestos por el Estado, y d) la aplicación del Fondo de Asistencia
Legal de Víctimas ante la Corte.
A.
Admisibilidad de las declaraciones ofrecidas por los representantes
A.1. Admisibilidad de las declaraciones a título informativo ofrecidas por los
representantes
12. Los representantes ofrecieron las declaraciones a título informativo de Luis Gonzalo
Cordero Duarte 20, Fernando Vargas 21, Héctor Jaime Vinasco 22, Luis Ángel Chavari Carupia 23, y
Eliecer Chamarra Salazar 24.
13. El Presidente observa que la modalidad de “declarante a título informativo” no está
prevista en el Reglamento actual de la Corte. Si bien en otras ocasiones se han aceptado este
tipo de declaraciones, considera pertinente calificarlas con el fin de adaptarlas, si así
corresponde, con las figuras expresamente previstas en el Reglamento, a saber, la de
presunta víctima, declarante o perito. De esta forma, en otros casos, se ha procedido a
modificar la naturaleza de un determinado declarante debido a que la misma se ajusta mejor
a la calidad y objeto de la declaración 25.
20
Luis Gonzalo Cordero Duarte fue ofrecido para declarar sobre “la dilación injustificada del proceso de
delimitación, demarcación y titulación del territorio ancestral de la Nación U’wa, incluyendo el estado actual de la
cuestión, las principales barreras que se han evidenciado, las dinámicas de reducción del territorio y las posibles
medidas de reparación que aportarían a la garantía de los derechos territoriales de la Nación U’wa.”
Fernando Vargas fue ofrecido para declarar sobre “las dilaciones y obstáculos que el pueblo U’wa ha tenido
que soportar en el curso de los procesos judiciales emprendidos en el fuero interno, así como en el proceso de
interlocución con el Gobierno Nacional, para la salvaguarda de sus derechos frente a la implementación de proyectos
extractivos en su territorio entre 2014 y 2018. Además, el abogado declarará sobre su experiencia y conocimiento en
relación con el proceso de seguimiento a la implementación del Auto 004 de 2009 de la Corte Constitucional
colombiana.”
21
Héctor Jaime Vinasco fue ofrecido para declarar sobre “los aspectos relacionados con la implementación de
sentencias de la Corte Constitucional de Colombia que contienen órdenes de demarcación, delimitación y titulación
de territorios indígenas; así como la protección de los derechos fundamentales a la autonomía, el gobierno propio y
la integridad.”
22
Luis Ángel Chavari Carupia fue ofrecido para declarar sobre “su experiencia como comunidades indígenas
del Pueblo Embera Eyabida en la lucha en defensa de su territorio y las falencias del Estado colombiano en garantizar
sus derechos a la existencia, autonomía, consulta previa y consentimiento previo, libre e informado, propiedad
colectiva, participación, identidad e integridad cultural y social, y subsistencia como pueblos indígenas, a pesar de la
existencia de órdenes proferidas en el fuero interno a su favor. Compartirá́ su experiencia y conocimiento sobre los
desafíos y barreras para la implementación de las órdenes judiciales emitidas por diferentes instancias colombianas,
incluida la Corte Constitucional.”
23
24
Eliecer Chamarra Salazar fue ofrecido para declarar sobre “su experiencia como comunidades indígenas del
Pueblo Embera Dobidá en la lucha de defensa de su territorio y las falencias del Estado Colombiano en garantizar sus
derechos a la existencia, autonomía, consulta previa y consentimiento previo, libre e informado, propiedad colectiva,
participación, identidad e integridad cultural y social, y subsistencia como pueblos indígenas, a pesar de la existencia
de órdenes proferidas en el fuero interno a su favor. Compartirá́ su experiencia y conocimiento sobre los desafíos y
barreras para la implementación de las órdenes judiciales emitidas por diferentes instancias colombianas, incluida la
Corte Constitucional.”
Cfr. Caso Marino López y otros (Operación Génesis) Vs. Colombia. Convocatoria a audiencia. Resolución del
Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 19 de diciembre de 2012, Considerando 11, y Caso
Guzmán Medina y otros Vs. Colombia. Convocatoria a audiencia. Resolución del Presidente de la Corte Interamericana
de Derechos Humanos de 21 de diciembre de 2022, Considerando 8.
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