25 de noviembre de 2021
REF.:
Caso Nº 13.638
José Antonio Gutiérrez Navas y otros
Honduras
Señor Secretario:
Tengo el agrado de dirigirme a usted, en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos,
con el objeto de someter a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos, el Caso
13.638 – José Antonio Gutiérrez Navas y otros, de la República de Honduras (en adelante “el Estado”, “el Estado
hondureño” u “Honduras”). El caso se refiere a la responsabilidad internacional del Estado por la destitución
arbitraria e ilegal de José Francisco Ruiz Gaekel, José Antonio Gutiérrez Navas, Gustavo Enrique Bustillo Palma
y Rosalinda Cruz Sequeira de sus cargos como magistrados y magistrada de la Sala de lo Constitucional de la
Corte Suprema de Justicia de Honduras.
El 27 de noviembre de 2012, la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia de Honduras,
en el marco de sus funciones, declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad de la Ley Especial para la
Depuración Policial, frente a dos recursos presentados por varios ciudadanos.
A raíz de una moción presentada por un diputado oficialista, el 10 de diciembre de 2012 el Congreso
Nacional formó una Comisión Especial para investigar la conducta de los magistrados de la Sala de lo
Constitucional que votaron a favor de la inconstitucionalidad de la Ley Especial para la Depuración Policial. La
noche del 11 de diciembre de 2012, dicha Comisión emitió un informe que afirmaba que se habían cometido
irregularidades administrativas en el proceso. Este informe fue aprobado por el Pleno de la Cámara Legislativa
y en la madrugada del 12 de diciembre de 2012, en sesión de Congreso Nacional, se dispuso la destitución de
José Francisco Ruiz Gaekel, José Antonio Gutiérrez Navas, Gustavo Enrique Bustillo Palma y Rosalinda Cruz
Sequeira de sus cargos como magistrados y magistrada de la Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de
Justicia. Tales decisiones fueron luego formalizadas en el Decreto N°191-2012 publicado en el Diario Oficial La
Gaceta el 29 de diciembre de 2012.
Frente a esta situación, el 12 de diciembre de 2012, las víctimas presentaron un recurso de amparo
contra la decisión de destitución adoptada por el Congreso. La Sala de lo Constitucional se excusó de conocer
la citada acción, por lo que el Presidente de la Corte Suprema procedió a conformar una Sala Especial con otros
Magistrados del Pleno, quienes a su vez se excusaron. Finalmente, se conformó una Sala Especial integrada por
tres Magistrados del Pleno, entre ellos el Presidente de la Corte, y dos Magistrados Integrantes. El 29 de enero
de 2013, la Sala determinó el rechazo del recurso de amparo. El 13 de febrero de 2013 las víctimas
interpusieron un recurso de reposición, el cual fue declarado sin lugar por la Corte Suprema de Justicia el 18
de febrero de 2013.
Señor
Pablo Saavedra Alessandri
Secretario
Corte Interamericana de Derechos Humanos
San José, Costa Rica