54. El 2 de agosto de 1982 la Guardia Nacional tomó la declaración de la señora Ana
Gladis Pérez de Castro, quien informó a las autoridades policiales que su madre, la
señora Julia Orbelina Pérez, trabajaba en la casa del señor Cuéllar Cuéllar desde hacía
aproximadamente un mes y 20 días 65. En la misma fecha, la Guardia Nacional recabó el
testimonio de Teresa Pérez de Ramos, hermana de la señora Orbelina Pérez 66.
55. El 10 de agosto de 1982 el Director de la Guardia Nacional remitió al Juzgado
Cuarto de Paz de San Salvador (en adelante “el Juzgado Cuarto de Paz”) la constancia
de las diligencias iniciadas por el delito de secuestro en perjuicio del señor Cuéllar
Cuéllar 67. Ese mismo día, el Juzgado Cuarto de Paz citó a María Consuelo Cuéllar Cuéllar,
Enrique Cuéllar Cuéllar, Ana Gladis Pérez de Castro y Teresa Pérez de Ramos para que
comparecieran y brindaran nuevamente testimonio sobre los hechos del caso 68.
56. El 18 de septiembre de 1982 el Juzgado Cuarto de Paz remitió al Juez Cuarto de lo
Penal del Distrito de San Salvador (en adelante “el Juzgado Cuarto de lo Penal”) la causa
criminal sobre el secuestro del señor Cuéllar Cuéllar 69. Entre el 27 de octubre de 1982 y
el 20 de septiembre de 1983, el Juzgado Cuarto de lo Penal recibió las declaraciones de
María Consuelo Cuéllar Cuéllar, Enrique Cuéllar Cuéllar y Teresa Pérez de Ramos 70. El 4
de diciembre de 1982 el Secretario de la Sala de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia
informó al Juzgado Cuarto de lo Penal sobre el resultado negativo de los procesos de
exhibición personal iniciados por el señor Álvarez Solís a favor de las presuntas
víctimas 71.
57. El 17 de diciembre de 1983 el Juzgado Cuarto de lo Penal archivó el caso señalando,
inter alia, que se habían practicado las diligencias necesarias para determinar el
paradero de Mauricio Cuéllar Cuéllar, Patricia Emilie Cuéllar Sandoval y Julia Orbelina
(expediente de prueba, folios 14 a 18); Constancia de la declaración rendida por la señora E.M.C.G.d.F.,
rendida ante el cabo instructor Magaña, de 1 de agosto de 1982 (expediente de prueba, folio 1265); Constancia
de la declaración rendida por el señor A.E.F., rendida ante el cabo instructor Magaña, de 1 de agosto de 1982
(expediente de prueba, folio 1267); Constancia de la declaración rendida por el señor J.L.R.P., rendida ante el
cabo instructor Magaña, de 1 de agosto de 1982 (expediente de prueba, folio 1269), y Constancia de la
declaración rendida por la señora A.E.V.D.V., rendida ante el cabo instructor Magaña, de 1 de agosto de 1982
(expediente de prueba, folio 1271).
65
Cfr. Constancia de la declaración rendida por la señora Ana Gladis Pérez de Castro, rendida ante el
cabo instructor Magaña, de 2 de agosto de 1982 (expediente de prueba, folios 1273 a 1275).
66
Cfr. Constancia de la declaración rendida por la señora Teresa Pérez de Ramos, rendida ante el cabo
instructor Magaña, de 2 de agosto de 1982 (expediente de prueba, folios 1275 a 1277).
67
Cfr. Comunicación del señor C.A.V.C., Director General de la Guardia Nacional al Juez Cuarto de Paz
de San Salvador, de 10 de agosto de 1982 (expediente de prueba, folio 1281).
68
Cfr. Providencia del Juzgado Cuarto de Paz de San Salvador, de 10 de agosto de 1982, mediante la
cual se cita a María Consuelo Cuéllar Cuéllar, León Enrique Cuéllar Cuéllar, Ana Gladis Pérez de Castro y Teresa
Pérez de Ramos para que declaren como testigos (expediente de prueba, folio 1287).
69
Cfr. Comunicación del Juzgado Cuarto de Paz a Juzgado Cuarto de lo Penal del Distrito Judicial de San
Salvador, de las 12 horas del día 18 de septiembre de 1982 (expediente de prueba, folio 1293).
70
Cfr. Declaración de María Consuelo Cuéllar Cuéllar, rendida ante el Juzgado Cuarto de lo Penal de San
Salvador, de 27 de octubre de 1982; Declaración de León Enrique Cuéllar Cuéllar, rendida ante el Juzgado
Cuarto de lo Penal de San Salvador, de 27 de octubre de 1982, y Declaración de Teresa Pérez de Ramos,
rendida ante el Juzgado Cuarto de lo Penal de San Salvador, de 20 de septiembre de 1983 (expediente de
prueba, folios 1303 a 1323).
71
Cfr. Comunicación remitida por el señor F.P., entonces Secretario de la Sala de lo Penal de la Corte
Suprema de Justicia, mediante la cual remite al Juzgado Cuarto de lo Penal de San Salvador la certificación de
lo resuelto en la solicitud de exhibición personal a favor de Patricia Cuéllar, Mauricio Cuéllar, y Julia Orbelina
Péres, de 4 de diciembre de 1982 (expediente de prueba, folio 1313).
19