-7POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, en ejercicio de sus atribuciones en relación al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas y de conformidad con el artículo 31 de su Reglamento y los artículos 2 a 6 del Reglamento del Fondo de Asistencia, RESUELVE: 1. Declarar procedente la solicitud de las víctimas en el caso Familia Barrios, interpuesta a través de sus representantes, para recibir apoyo del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas de la Corte Interamericana de Derechos Humanos específicamente para cubrir los gastos de traslado, alojamiento y manutención razonables y necesarios para que el señor Luis Aguilera comparezca ante el Tribunal el 5 de febrero de 2015 a la audiencia privada de supervisión de cumplimiento de sentencia del presente caso, de conformidad con lo establecido en los Considerandos 11 a 20 de la presente Resolución. 2. Disponer, de conformidad con el artículo 4 del Reglamento de la Corte sobre el Funcionamiento del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, que la Secretaría del Tribunal abra un expediente de gastos, donde se documentará cada una de las erogaciones que se realicen en aplicación de dicho Fondo. 3. Requerir a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución a los representantes de las víctimas, al Estado de Venezuela y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Humberto Sierra Porto Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Humberto Sierra Porto Presidente Pablo Saavedra Alessandri Secretario

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