-518. En consecuencia, el Presidente dispone que la asistencia económica del Fondo de Asistencia estará asignada para cubrir los gastos de viaje y estadía necesarios para que los representantes María Noguera (la cual también declarará como presunta víctima), y Emilio Andrés Vázquez comparezcan ante el Tribunal a realizar la defensa en la audiencia pública que se celebrará en el presente caso y para los gastos razonables de formalización y envío de la declaración por affidavit de Aldo David Alcaraz Noguera la cual fue ofrecida por los representantes (infra punto resolutivo 2). 19. La Corte realizará las gestiones pertinentes y necesarias para cubrir los costos de traslado, alojamiento y manutención de las personas comparecientes con recursos provenientes del Fondo de Asistencia. Según lo requerido por el artículo 4 del Reglamento de la Corte sobre el Funcionamiento del Fondo de Asistencia, se dispone que la Secretaría abra un expediente de gastos a los fines de llevar la contabilidad y en el cual se documentará cada una de las erogaciones que se realicen en relación con el referido Fondo. Finalmente, la Presidencia recuerda que, según el artículo 5 del Reglamento del Fondo, se informará oportunamente al Estado las erogaciones realizadas en aplicación del Fondo de Asistencia Legal de Víctimas, para que presente sus observaciones, si así lo desea, dentro del plazo que se establezca al efecto. POR TANTO: EL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS, de conformidad con los artículos 24.1 y 25.2 del Estatuto de la Corte y con los artículos 4, 15.1, 26.1, 31.2, 35.1, 40.2, 41.1, 45, 46 a 48, 50 a 58 y 60 del Reglamento, RESUELVE: 1. Convocar a la República de Paraguay, a los representantes de las presuntas víctimas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a una audiencia pública sobre excepción preliminar, fondo, y eventuales reparaciones y costas que se celebrará durante el 62° Período Extraordinario de Sesiones, que se llevará a cabo en la ciudad de Barranquilla, Colombia, el día 28 de agosto de 2019, a partir de las 09:00, para recibir sus alegatos y observaciones finales orales, así como las declaraciones de las siguientes personas. A) Presunta Víctima (Propuesta por los representantes) María Noguera, madre de la presunta víctima, se referirá a su experiencia en el proceso de reconocimiento y entrega del cuerpo de Vicente Ariel Noguera y al proceso relacionado con su muerte. Asimismo, se referirá a las alegadas consecuencias de dicha búsqueda de justicia que incluso habría llegado a poner en riesgo su vida y a ser víctima de amenazas. B) Perito (propuesto por la Comisión) Miguel Cillero Bruñol, quién declarará sobre las obligaciones internacionales de los Estados respecto de adolescentes que se encuentran prestando el servicio militar. Asimismo se referirá a las implicaciones de la posición especial de garante del Estado en supuestos de aplicación de castigos físicos en el marco de la disciplina militar y a las obligaciones internacionales del Estado en materia de investigación frente a la muerte de un adolescente bajo su custodia y sus implicaciones en cuanto a la atribución de responsabilidad al Estado.

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