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c)
“varios años después, el Ministerio Público de Huancayo inició una
investigación preliminar sobre las [supuestas] detenciones desapariciones,
[…] a cargo de la Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Huancayo. Luis Alberto
Ramírez Hinostroza declaró en dicha investigación sobre los hechos respecto
de los cuales alega haber sido víctima y sobre las [supuestas] torturas que
habría presenciado. En el transcurso de esas investigaciones se alega que
recibió amenazas contra su vida”;
d)
la Cuarta Fiscalía Provincial Penal de Huancayo formalizó una denuncia
penal ante el Cuarto Juzgado Penal de Huancayo. El 10 de marzo de 2004
dicho juzgado abrió un proceso contra el General del Ejército peruano en
retiro Luis Pérez Documet, “como Jefe del Comando Político Militar de
Huancayo para la época de los hechos, por los delitos de secuestro y lesiones
personales”. El señor Ramírez Hinostroza ratificó su testimonio ante el
Juzgado. “[C]omo consecuencia de ello” el 13 de marzo de 2004, cuando
ingresaba a su vivienda en horas de la noche, “fue interceptado en la puerta
de su domicilio por cuatro hombres armados”. Sin embargo, logró escapar
mientras los atacantes lo perseguían disparándole;
e)
“luego de las denuncias realizadas sobre lo ocurrido, el 15 de abril de
2004 la Prefectura de Huancayo […] concedió garantías personales a[l señor
Ramírez Hinostroza] y su familia en contra de ‘Luis Pérez Documet,
conminando a este último a abstenerse de todo acto intimidatorio y amenazas
contra el denunciante’”;
f)
el 3 de mayo de 2004, en el marco del proceso penal, “se realizó una
diligencia de inspección ocular en las instalaciones del Cuartel Militar ‘9 de
Diciembre’”, en la cual participó el señor Ramírez Hinostroza y un abogado del
Instituto de Defensa Legal. Durante la firma del acta de la diligencia, un
efectivo militar que no participaba en la referida diligencia “tomó fotografías
del señor Ramírez Hinostroza”.
Los representantes del señor Ramírez
Hinostroza denunciaron este hecho ante el Ministro de Defensa. El Ministerio
de Defensa “habría informado que ninguna de las fotografías tomadas por el
efectivo militar guardaba[n] relación con la diligencia judicial en la que
participaba Luis Alberto Ramírez Hinostroza y que aquellas sólo eran de
interés personal del militar”;
g)
“la solicitud indica que el día 6 de julio de 2004, Luis Ramírez
Hinostroza recibió en su domicilio un sobre que contenía una nota anónima y
tres fotografías. En dos de las fotografías aparecían su esposa y su hija
cuando se dirigían al centro de estudios de la menor, y en la otra el colegio de
su menor hija”. En dicha nota se indicaba que se tenía conocimiento de que
nadie recogía a las hijas del señor Ramírez Hinostroza de la escuela y que se
trataba de la “ultima advertencia” o “sufrir[ía] las consecuencias” si no dejaba
“todo como está[n]” (sic). Además, en dicha nota se indicaba que si el señor
Ramírez Hinostroza denunciaba esas amenazas “lo pagar[í]a caro”;
h)
el 2 de agosto de 2004 la Comisión adoptó medidas cautelares, con el
fin de preservar la vida e integridad personal del señor Luis Alberto Ramírez
Hinostroza y su familia;
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