17
los esfuerzos realizados por el Estado en virtud de su posición de garante de los
derechos de las personas bajo su custodia13.
21.
Que es indispensable que las medidas provisionales mantengan plena vigencia
y produzcan sus efectos hasta tanto el Tribunal ordene su levantamiento y notifique al
14
Estado su decisión en este sentido .
*
*
*
22.
Que los representantes y la Comisión Interamericana señalaron que el Estado
no ha remitido información sobre la investigación de los hechos que motivan la
adopción de las medidas provisionales, la identificación de los responsables, y la
imposición de las sanciones correspondientes, incluyendo las administrativas y
disciplinarias (supra Vistos 4.e.i, 5.e.i y 5.e.ii).
23.
Que el análisis de la efectividad de las investigaciones y procedimientos
referentes a los hechos que motivaron estas medidas provisionales corresponde al
examen del fondo del caso, el cual se encuentra en conocimiento de la Comisión
Interamericana.
POR TANTO:
LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS,
en uso de las atribuciones que le confieren el artículo 63.2 de la Convención Americana
sobre Derechos Humanos y los artículos 25 y 29 de su Reglamento,
RESUELVE:
1.
Reiterar al Estado que mantenga las medidas que informa ya está adoptando,
así como adopte de forma inmediata las medidas complementarias necesarias para
evitar en forma eficiente y definitiva la violencia en el Internado Judicial de Monagas
13
Cfr. Asunto Lysias Fleury. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos de 2 de diciembre de 2003, considerando décimo; Asunto Giraldo Cardona. Medidas
Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 29 de noviembre de 2006,
considerando decimonoveno, y Caso Masacre Plan de Sánchez. Medidas Provisionales, supra nota 12,
considerando duodécimo.
14
Cfr. Asunto Liliana Ortega y otros. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos de 1 de marzo de 2005, considerando décimo; Asunto Pueblo Indígena Kankuamo.
Medidas Provisionales, supra nota 2, considerando decimocuarto, y Asunto Giraldo Cardona. Medidas
Provisionales, supra nota 13, considerando vigésimo primero.
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