los casos de personas detenidas los jueces no tienen que esperar hasta el momento
de dictar sentencia absolutoria para que los detenidos recuperen su libertad, sino que
deben valorar periódicamente que las causas y fines que justificaron la privación de
libertad se mantienen” 42. En otras palabras, las autoridades judiciales deben evaluar
“si la finalidad, necesidad y proporcionalidad de la medida se mantienen, y si el plazo
de la privación a la libertad ha sobrepasado los límites que imponen la ley y, en su
caso, la razón de dicha extensión” 43. Como consecuencia de ello, en caso de que en
algún momento se considere que la prisión preventiva no cumple con los requisitos
y finalidades correspondientes, se deberá ordenar la liberación del imputado, sin que
tal decisión afecte la continuación del procedimiento respectivo 44.
B.7 Deber de tramitar con celeridad aquellos procesos penales en los
cuales el imputado se encuentre privado de su libertad
48.
Asimismo, la Corte ha indicado que el artículo 7.5 de la CADH, el cual garantiza
el derecho de toda persona detenida en prisión preventiva a ser juzgada dentro de
un plazo razonable o ser puesta en libertad, sin perjuicio de que continúe el proceso
“impone, a su vez, una obligación judicial de tramitar con mayor diligencia y prontitud
aquellos procesos penales en los cuales el imputado se encuentre privado de su
libertad” 45.
III.
Acerca de la vigencia de la orden de 24 de marzo de 2023
49.
Para entender cabalmente este asunto, primero es preciso consignar
cronológicamente las actuaciones y resoluciones dictadas en el presente caso durante
el curso de este año. Luego de ello, se formularán algunas consideraciones relativas
a la vigencia de la orden de no innovar expedida por este Tribunal.
A. Hechos
50.
El 6 de marzo la CC acogió un amparo presentado por las personas
condenadas en primera instancia 46 por los hechos examinados por la Corte
Interamericana en el Caso Molina Theissen vs. Guatemala, requiriendo a la Sala de
Apelaciones pronunciarse sobre la solicitud de sustitución de la prisión preventiva
planteada por los recurrentes y ordenando que “en el caso concreto se realice [el]
de 26 de noviembre de 2019. Serie C No. 397, párr. 83; Caso Montesinos Mejía Vs. Ecuador. Excepciones
Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 27 de enero de 2020. Serie C No. 398, párr.
116; Caso Carranza Alarcón Vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 3 de febrero de 2020. Serie C No. 399, párr. 83; Caso Villarroel Merino y otros Vs. Ecuador.
Excepciones preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 24 de agosto de 2021. Serie C No.
430, párr. 92; Caso González y otros Vs. Venezuela. Fondo y Reparaciones. Sentencia de 20 de septiembre
de 2021. Serie C No. 436, párrs. 99 y 114; Caso Tzompaxtle Tecpile y otros Vs. México. Excepción
Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 7 de noviembre de 2022. Serie C No. 470, párr.
114, y Caso García Rodríguez y otro Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 25 de enero de 2023. Serie C No. 482, párr. 184.
42
Caso Chaparro Álvarez y Lapo Íñiguez Vs. Ecuador. Excepciones Preliminares, Fondo,
Reparaciones y Costas. Sentencia de 21 de noviembre de 2007. Serie C No. 170, párr. 117. En el mismo
sentido, Caso García Rodríguez y otro Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y Costas.
Sentencia de 25 de enero de 2023. Serie C No. 482, párr. 184.
43
Caso García Rodríguez y otro Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 25 de enero de 2023. Serie C No. 482, párr. 184.
44
Caso García Rodríguez y otro Vs. México. Excepciones Preliminares, Fondo, Reparaciones y
Costas. Sentencia de 25 de enero de 2023. Serie C No. 482, párr. 184.
45
Caso Caso Bayarri Vs. Argentina. Excepción Preliminar, Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia
de 30 de octubre de 2008. Serie C No. 187, párr. 70.
46
FLGM (84 años), MACC (81 años) y MBLG (89 años).
13