7. El Tribunal estructurará sus consideraciones en el siguiente orden: I. SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES .................................... 5 A. Medidas para reducir el hacinamiento, y mejorar la ventilación y el distanciamiento para evitar el contagio de COVID-19 ...................................................................................... 5 B. Medidas para proveer alimentos, agua e implementos sanitarios para evitar el contagio de COVID-19 ............................................................................................................. 12 C. Medidas para garantizar el derecho a la salud y prevenir los contagios .................... 14 D. Medidas para proteger los derechos de la niñez migrante y de las mujeres, y garantizar el principio de no devolución ........................................................................................ 23 II. SOBRE LA SOLICITUD DE LEVANTAMIENTO DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES Y LA SOLICITUD DE AMPLIACIÓN DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES .......................................... 25 I. SOBRE LA IMPLEMENTACIÓN DE LAS MEDIDAS PROVISIONALES A. Medidas para reducir el hacinamiento, y mejorar la ventilación y el distanciamiento para evitar el contagio de COVID-19 A.1. Requerimientos mínimos indicados por la Corte 8. En el Considerando 35 de la Resolución de 29 de julio de 2020 la Corte indicó los siguientes requerimientos mínimos para garantizar los derechos de las personas en las estaciones de recepción migratoria en el contexto de la pandemia: a) Reducir el hacinamiento al nivel más bajo posible de forma tal que se puedan respetar las pautas recomendadas de distanciamiento social para prevenir el contagio del virus, teniendo en cuenta especialmente a las personas con factores de riesgo, e incluyendo la posibilidad de examinar medidas alternativas y basadas en la comunidad. h) Adoptar las medidas que sean necesarias para superar barreras legales, idiomáticas y culturales que dificulten el acceso a la salud y a la información. i) Adoptar medidas para asegurar la ventilación natural, limpieza máxima, desinfección y recolección de residuos para evitar que la enfermedad se propague. A.2. Información y observaciones de las partes 9. El Estado informó sobre diversas estrategias adoptadas para reducir el hacinamiento en las estaciones de recepción migratoria, a saber: a) la inauguración de la estación San Vicente en la ciudad de Metetí, provincia de Darién, en septiembre de 2020, con capacidad para albergar a 400 personas10; El Estado explicó que la Estación de Recepción Migratoria de San Vicente, construida con apoyo de la cooperación internacional, fue diseñada “con los estándares mínimos humanitarios” establecidos en el proyecto ESFERA. 10 -5-

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