encargados de seguridad del Organismo Judicial reevaluaran el esquema de seguridad del juez, sin “condenar los ataques [… a] la independencia judicial”. e) Tan solo cinco días después de la decisión de 6 de mayo de 2022 (supra Considerando *), el 11 de mayo de 2022 la agrupación denominada “Fundación contra el Terrorismo”11 y el abogado de uno de los procesados por el caso Diario Milita, “presentaron diversas solicitudes de antejuicio en contra del juez Gálvez asegurando que sus resoluciones no han sido apegadas a derecho”. El 16 de mayo de 2022 se “trasladó la querella al Ministerio Público”. El 15 de junio de 2022 la Corte Suprema de Justicia resolvió por mayoría la admisibilidad para trámite de la solicitud de antejuicio “sin realizar un adecuado examen sobre los elementos de razonabilidad suficientes que sustentan la querella en su contra”, y designó a una jueza Pesquisidora12. La denuncia de 11 de mayo se refiere a casos en que “ni siquiera intervino como juez de garantías”, y la resolución emitida por la Corte Suprema de Justicia “no identifica de manera precisa cuáles serían las resoluciones emitidas por el propuesto beneficiario que, presuntamente, serían constitutivas de delito”. Informaron que el 28 de junio de 2022 el juez Gálvez presentó un amparo en contra de dicha resolución, sin que la Corte de Constitucionalidad hubiera ordenado la suspensión provisional del acto reclamado. 9. Los representantes sostuvieron que en el presente caso se presentan los requisitos de extrema gravedad, urgencia y la necesidad de evitar daños irreparables a las personas. Afirmaron que “la extrema gravedad de los hechos se manifiesta en dos sentidos. En primer lugar, porque los distintos incidentes descritos generan un serio impacto en la protección de los derechos a la vida y a la integridad y la independencia judicial del propuesto beneficiario. Y, segundo, porque no cabe duda de que, de materializarse el riesgo, generaría afectaciones en el cumplimiento de la obligación de investigar […,] en consecuencia, afectaría el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y familiares del presente caso”. Advirtieron que “existe un riesgo real de que las denuncias penales interpuestas [en contra del juez Gálvez] se instrumentalicen para obstaculizar su labor al grado levantarle la inmunidad, suspenderlo, o de girarle una orden de aprehensión en su contra”. Más aún, ante una posible orden de aprehensión, dicho juez “podría ser internado en un centro de detención junto a personas que pudo haber enjuiciado y sentenciado”. Adicionalmente, sostuvieron que, si bien dicho juez cuenta con medidas cautelares ordenadas por la Comisión Interamericana, “estas no han sido suficientes para evitar que ocurran los hechos de riesgo”. 10. La urgencia en el presente caso “se configura en tanto las amenazas y hostigamientos han aumentado en intensidad y violencia conforme el juez Gálvez ha avanzado en el enjuiciamiento de los sindicados en el caso”. Afirmaron que “las amenazas emitidas [en] redes sociales en contra del juez Gálvez no son un asunto de libertad de expresión, sino de ataques directos a la independencia judicial”. A su vez, existe una posibilidad real de que la querella presentada el 11 de mayo de 2022 “avance de forma extraordinariamente veloz”. “A ello se suman la existencia de otros procesos que existen en [su] contra […] que podrían ser instrumentalizados para obstaculizar su labor”. Además, dicho juez “va a continuar expuesto a un elevadísimo riesgo en las Basado en los supuestos delitos de prevaricato, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes y detenciones ilegales con causas agravantes “en forma continua”. En relación con este último delito, se argumentó “que desde 2015 el propuesto beneficiario ha estado aplicando la prisión provisional en su calidad de Juez de Primera Instancia Penal de forma desproporcionada”. 12 Explicaron que el expediente “será traslad[ado] a la jueza pesquisidora quien deberá citar a la Fundación contra el Terrorismo para que ratifiquen la denuncia”, y a su vez “dará lugar a una audiencia de descargo de pruebas”. Posteriormente, la Jueza pesquisidora “deberá elaborar un informe con la recomendación de retirar o no la inmunidad al juzgador”, el cual será trasladado a la Corte Suprema de Justicia para que resuelva. 11 5

Select target paragraph3