RESUELVE:
1.
Requerir al Estado de Guatemala que, para garantizar el derecho al acceso a la
justicia de las víctimas del caso Gudiel Álvarez y otros ("Diario Militar"), de conformidad
con lo señalado en los Considerandos 18 a 33 de la presente Resolución, adopte de forma
inmediata e individualizada, las medidas necesarias para proteger eficazmente los
derechos a la vida e integridad personal del juez Miguel Ángel Gálvez Aguilar, titular del
Juzgado B de Mayor Riesgo del Organismo Judicial de Guatemala, así como de su núcleo
familiar, y para garantizar la independencia judicial del juez Gálvez Aguilar.
2.
Requerir, de conformidad con lo señalado en los Considerandos 27 a 33 de la
presente Resolución, que el Estado adapte las medidas y esquema de seguridad asignado
al juez Miguel Ángel Gálvez Aguilar, titular del Juzgado B de Mayor Riesgo del Organismo
Judicial de Guatemala, así como su núcleo familiar. Dicho esquema de seguridad debe
adoptarse en común acuerdo y en coordinación con el beneficiario, y evitar que se
brinden por los funcionarios pertenecientes a las instituciones públicas a las que
pertenecieron las personas ligadas a proceso por el referido juez.
3.
Requerir al Estado que, a más tardar el 8 de agosto de 2022, presente a la Corte
Interamericana un informe actualizado y detallado sobre las medidas urgentes
adoptadas en cumplimiento a lo ordenado en los puntos resolutivos primero y segundo
de esta decisión, a fin de que el Pleno de la Corte Interamericana cuente con mayores
elementos para pronunciarse sobre esta solicitud de medidas provisionales.
4.
Requerir que los representantes de las víctimas que presenten sus observaciones
dentro de un plazo de una semana, contada a partir de la notificación del referido informe
del Estado solicitado en el punto resolutivo tercero, así como que la Comisión
Interamericana de Derechos Humanos presente sus observaciones a dicho informe del
Estado dentro de un plazo de una semana, contada a partir de la recepción de las
observaciones de los representantes.
5.
Disponer que la Secretaría de la Corte notifique la presente Resolución al Estado
de Guatemala, a los representantes de las víctimas y a la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos.
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