RESOLUCIÓN DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS∗ DE 7 DE OCTUBRE DE 2019 CASO CARVAJAL CARVAJAL Y OTROS VS. COLOMBIA SUPERVISIÓN DE CUMPLIMIENTO DE SENTENCIA VISTO: 1. La Sentencia de fondo, reparaciones y costas (en adelante “la Sentencia”) dictada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 13 de marzo de 20181. El Tribunal declaró la responsabilidad internacional de la República de Colombia (en adelante “Colombia” o “el Estado”) por la muerte del señor Nelson Carvajal Carvajal el 16 de abril de 1998, la cual estuvo vinculada con su labor de periodista2, así como por una falta al deber de garantizar su derecho a la libertad de expresión. La Corte indicó que los hechos ocurrieron dentro de un contexto generalizado de impunidad por los homicidios de periodistas que ocurrían en aquella época en Colombia. Asimismo, el Tribunal consideró responsable internacionalmente al Estado por la violación a los derechos a las garantías judiciales y protección judicial en perjuicio de los familiares del señor Carvajal3, por: i) no haber cumplido su obligación de llevar a cabo una investigación y un proceso por el homicidio de Nelson Carvajal Carvajal en un plazo razonable; ii) no haber desarrollado las investigaciones relacionadas con las amenazas proferidas en perjuicio de varios de dichos familiares, y iii) no haber tomado medidas adecuadas para remediar las consecuencias para la investigación surgidas de la violación a la reserva sumarial en el transcurso del referido proceso por la muerte del señor Carvajal. El Tribunal también encontró que Colombia era internacionalmente responsable por la violación al derecho a la integridad personal de los familiares del señor Carvajal, así como el derecho de circulación y residencia de algunos de dichos familiares4, que se vieron forzados a salir de su lugar de residencia habitual y desplazarse en razón de la situación de riesgo que soportaban, y el El Juez Humberto A. Sierra Porto, de nacionalidad colombiana, no participó en la deliberación de la Sentencia del presente caso, ni en el conocimiento y deliberación de la presente Resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte. 1 Cfr. Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia. Fondo, Reparaciones y Costas. Sentencia de 13 de marzo de 2018. Serie C No. 352. El texto íntegro de la Sentencia se encuentra disponible en: http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_352_esp.pdf. La Sentencia fue notificada al Estado el 6 de junio de 2018. 2 El señor Carvajal informaba y denunciaba asuntos de interés local, particularmente sobre irregularidades en la administración de fondos públicos, hechos de corrupción y lavado de dinero proveniente del narcotráfico de la zona y en el departamento del Huila en general. Cfr. Caso Carvajal Carvajal y otros Vs. Colombia, supra nota 1, párr. 38. 3 Dichos familiares son: Ana Francisca Carvajal de Carvajal, Jairo Carvajal Cabrera, Yaneth Cristina Carvajal Ardila, Paola Andrea Carvajal Bolaños, María Alejandra Carvajal Bolaños, Luz Estela Bolaños Rodríguez, Judith Carvajal Carvajal, Gloria Mercedes Carvajal Carvajal, Ruth Dary Carvajal Carvajal, Luz Eny Carvajal Carvajal, Miriam Carvajal Carvajal, Fernando Augusto Carvajal Carvajal, Saúl Carvajal Carvajal, Cristhian Camilo Motta Carvajal y César Augusto Meneses Carvajal. 4 Dichos familiares son: Paola Andrea Carvajal Bolaños, María Alejandra Carvajal Bolaños; Luz Estela Bolaños Rodríguez; Judith Carvajal Carvajal, Gloria Mercedes Carvajal Carvajal, Ruth Dary Carvajal Carvajal, Fernando Augusto Carvajal Carvajal; Cristhian Camilo Motta Carvajal, César Augusto Meneses Carvajal. *

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