- 11 2. Víctor Alberto Corante Morales, magistrado del Órgano de Control de la Magistratura (OCMA), quien declarará sobre el rol disciplinario que ejerce dicho órgano, el alcance de los procedimientos seguidos ante dicha entidad y su evolución en el tiempo, los criterios y causales aplicables para imponer sanciones a magistrados y las garantías del debido proceso que se reconocen en el marco de dichos procedimientos. 2. Requerir, de conformidad con el principio de economía procesal y de la facultad que le otorga el artículo 50.1 del Reglamento de la Corte, que las siguientes personas, propuestas por los representantes y el Estado, presten su declaración ante fedatario público: A. Presunta víctima 1. Mariela Cajahuanca Melgarejo, quien declarará sobre los impactos en su familia de la privación de la libertad del señor Cajahuanca Vásquez, sobre la forma como el estrés post-encierro de su padre agudizo problemas familiares ya existentes, y sobre los impactos de esta situación en su vida. B. Testigos Propuestos por los representantes 2. Luis Antonio Galindo Cárdenas, quien se referirá a las declaraciones del entonces Presidente de la República del Perú sobre el señor Cajahuanca Vásquez, en particular, sobre cómo tuvo conocimiento de las alegadas acusaciones y posterior rectificación que habría hecho el alto funcionario. También sobre las alegadas presiones que habría recibido estando privado de la libertad para declarar en contra del señor Cajahuanca Vásquez. 3. Guido Tupayachi Bohórquez, quien declarará sobre lo ocurrido en la sesión de Sala Plena convocada a raíz de la solicitud de licencia solicitada por el entonces Juez Jacinto Oriol San Martín el día 25 de junio de 1995, en la que se concedió la licencia y se encargó del juzgado al señor Héctor Fidel Cordero Bernal. 4. David Alcides Cueva Caballero, quien declarará sobre la no intervención del señor Cajahuanca Vásquez en el proceso mediante el cual el entonces juez Héctor Fidel Cordero Bernal otorgó la libertad incondicional a dos ciudadanos acusados de narcotráfico. Propuestos por el Estado 5. Inés Felipa Villa Bonilla, Jueza Suprema, quien declarará sobre el contenido de su Informe No. 116 de 21 de julio de 1995, referido a los hechos, pruebas y criterios adoptados para concluir que al señor Cajahuanca Vásquez le correspondía la sanción de destitución. 6. Marielka Nepo Linares, Directora de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, quien declarará sobre el rol disciplinario que ejerció el ex Consejo Nacional de la Magistratura, el alcance del proceso disciplinario seguido ante dicha entidad y su evolución en el tiempo, los criterios y causales aplicables para imponer la sanción de destitución a magistrados y las garantías del debido proceso que se reconocen en el marco de dicho procedimiento. C. Peritos

Select target paragraph3