- 14 13. Disponer que la Secretaría de la Corte, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
55.3 del Reglamento, indique a las partes y a la Comisión el enlace electrónico donde se
encontrará disponible la grabación de la audiencia pública sobre las excepciones preliminares
y los eventuales fondo, reparaciones y costas, a la brevedad posible luego de la celebración de
la referida audiencia.
14. Informar a las partes y a la Comisión que, en los términos del artículo 56 del Reglamento,
cuentan con plazo hasta el 7 de marzo de 2023, para presentar sus alegatos finales escritos y
observaciones finales escritas, respectivamente, en relación con las excepciones preliminares
y los eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso. Este plazo es improrrogable.
15. Disponer que la Secretaría de la Corte Interamericana notifique la presente Resolución a
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, a los representantes de las presuntas
víctimas y a la República de Perú.
Corte IDH. Caso Cajahuanca Vásquez Vs. Perú. Resolución del Presidente de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos de 8 de diciembre de 2022.
Ricardo C. Pérez Manrique
Presidente
Romina I. Sijniensky
Secretaria Adjunta
Comuníquese y ejecútese,
Ricardo C. Pérez Manrique
Presidente
Romina I. Sijniensky
Secretaria Adjunta