heridas y 507 privadas de la libertad?*. La Comisión señaló que, en los años siguientes,
se instauró “un estado policial en Nicaragua tendiente a evitar cualquier movilización
social” y que se intensificaron los hechos de hostigamiento y amedrentamiento para
impedir actos que pudieran derivar en acciones de protesta.
9.
Señaló, además, que en Nicaragua hay una falta de independencia del poder
legislativo, la cual se ha manifestado, por ejemplo, en la cancelación, por parte de la
Asamblea Nacional, de la personería jurídica de diez organizaciones desde el inicio de la
crisis de derechos humanos, así como en la aprobación de un conjunto de leyes
orientadas a restringir el espacio democrático de cara a las elecciones de 2021. Dentro
de estas normas se encuentran la “Ley de Regulación de Agentes Extranjeros”, que
tendría por efecto criminalizar a organizaciones, defensoras y defensores que reciben
financiamiento o apoyo extranjero; la "Ley Especial de Ciberdelitos” que, de acuerdo con
la Comisión, ha sido calificada por la sociedad civil como una “ley mordaza” pues, a partir
de definiciones amplias que conceden un amplio margen de discrecionalidad, establece
penas de cárcel para los ciudadanos que difundan lo que, a juicio de las autoridades, sea
considerado como noticias falsas”; la reforma del artículo 37 de la Constitución, aprobada
en noviembre de 2020, que busca aplicar la “pena de prisión perpetua revisable” a delitos
graves en los que "concurran circunstancias de odio, crueles, degradantes, humillantes
e inhumanas
que
por su
impacto
causen
conmoción,
rechazo
indignación
repugnancia
en la comunidad nacional”; la reforma y adición al Código Penal para prorrogar los plazos
de las detenciones preventivas sin que haya acusación; y la reforma y adición a la “Ley
Electoral” que, de acuerdo con la Comisión, “mantiene e intensifica el cierre de los
espacios democráticos en el país”, limitando la participación mediante el incremento de
causales de suspensión y cancelación de la personalidad jurídica de partidos políticos y
a través de la incorporación de hipótesis de cancelación que han servido para criminalizar
a personas identificadas como pertenecientes a la oposición.
10.
La Comisión también encontró un contexto de impunidad generalizada respecto
de las graves violaciones a derechos humanos cometidas en el marco de la represión
estatal desde abril de 2018. En ese sentido, indicó que permanecen en la impunidad,
entre otros, la muerte de 328 personas, las heridas causadas a más de 2.000 personas
y más de 1.600 detenciones. La Comisión también señaló, citando cifras de la Agencia
de la ONU para los Refugiados (ACNUR), que más de 103,600 personas se habrían visto
forzadas a huir de Nicaragua y a buscar asilo a causa de la persecución y las violaciones
de derechos humanos ocurridas en el país, y que, desde enero de 2021, se han
intensificado los actos de hostigamiento contra personas identificadas como opositoras
al Gobierno, defensoras y defensores de derechos humanos, así como víctimas de
violaciones a los derechos humanos y sus familiares.
11.
Además, sostuvo que, debido a su identificación como opositoras al gobierno
actual, las personas integrantes de la Alianza Cívica y de la Unidad Nacional Azul y Blanco
estarían en una mayor situación de riesgo y vulnerabilidad, el cual se habría
incrementado en el contexto de las elecciones presidenciales de noviembre de 2021. Esa
situación de riesgo y vulnerabilidad se manifiesta, de acuerdo con la Comisión, en
4
Cfr. Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Graves violaciones a los derechos humanos en
el marco de las protestas sociales en Nicaragua, OEA/Ser.L/V/II. Doc. 86, 21 junio 2018, párr. 1. Disponible
en: http://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/Nicaragua2018-es.pdf.
5
Cfr. Confidencial, “Ortega busca silenciar críticas con “ley mordaza” que receta multas y cárcel”, 29
de septiembre de 2020; Confidencial, “Ley mordaza”: Un gesto desesperado del Gobierno ante el fracaso de
su censura”, 1 de octubre de 2020. Citado por la Comisión en la Solicitud de Medidas Provisionales.