actividades de capacitación, en sus diversas modalidades, desarrolladas con posterioridad al
Fallo, dirigidas al personal vinculado a la atención de la salud mental en instituciones de la
misma naturaleza de la Casa de Reposo Guararapes, y cuyo contenido verse sobre ‘los
principios que deben regir el trato de las personas que padecen discapacidades mentales,
conforme a los estándares internacionales en la materia y aquellos establecidos en la […]
Sentencia´, y ii) el número de participantes de dichas actividades”. El Tribunal recordó que
“en este caso la víctima falleció en la Casa de Reposo Guararapes, una institución hospitalaria
del sistema público de salud”, por lo que resultaba “imprescindible que la reparación referente
a la capacitación del personal vinculado a la atención de salud mental incluya al personal de
las instituciones de la misma naturaleza de aquella en la cual ocurrió la violación en este caso,
es decir, en los hospitales psiquiátricos”.
4.
En la Resolución de enero de 2021, tomando en cuenta la información escrita que
había sido presentada por las partes con posterioridad a la Resolución de 2010, la Corte
consideró pertinente convocar una audiencia pública de supervisión de cumplimiento de dicha
medida de reparación para recibir información actualizada y detallada. El Tribunal también
solicitó al Consejo Nacional de Justicia del Brasil que, con base en el artículo 69.2 del
Reglamento del Tribunal, rindiera un informe oral en la referida audiencia pública, en el cual
presentara información que estimara relevante, en el ámbito de sus competencias, relativa al
cumplimiento de la medida de reparación.
B. Audiencia pública del 23 de abril de 2021
5.
En la audiencia pública que se llevó a cabo el 23 de abril de 2021, así como en los
informes presentados durante la etapa de supervisión, Brasil refirió que había iniciado una
“política de reestructuración de la asistencia psiquiátrica” orientada a la “reducción de camas
y […] cierre de hospitales psiquiátricos, acompañado de la creación de una red de atención
psicosocial de base comunitaria”, refiriéndose también a varios programas, convenios, y
capacitaciones realizados en dicho marco. En la audiencia, Brasil también se refirió
específicamente a que implementará el “Programa Permanente Damião Ximenes Lopes” (infra
Considerando 6). Sin embargo, los representantes hicieron notar que los hospitales
psiquiátricos siguen funcionando en Brasil y es allí donde se concentran las violaciones a
derechos humanos, añadiendo que, actualmente, habría importantes retrocesos en la política
de desinstitucionalización referida por el Estado. En este sentido, los representantes, la
Comisión y el Consejo Nacional de Justicia, expusieron información sobre las alegadas
problemáticas que afectarían el sistema de salud mental en Brasil e identificaron áreas en las
cuales consideran que se podría trabajar 10.
C. Consideraciones de la Corte
6.
La Corte valora positivamente el compromiso adquirido por el Estado en la audiencia
pública celebrada el 23 de abril de 2021 (supra Visto 3), en la cual refirió que, para dar
cumplimiento al presente punto resolutivo, implementará durante el 2022 el “Programa
Permanente Damião Ximenes Lopes”, el cual estará dirigido a personal de salud que trabaje
en instituciones de la misma naturaleza que la Casa de Reposo Guararapes. En sus posteriores
10
Algunos de los aspectos mencionados durante dicha audiencia incluyen: internaciones prolongadas fuera de
los casos previstos por la ley; uso de contención mecánica; terapias sin consentimiento; violencia contra las personas
internadas; condiciones inadecuadas y equipos y condiciones de trabajo insuficientes, y deficiente fiscalización por
parte del Estado (según lo referido por funcionarios del Mecanismo Nacional de Prevención y Combate contra la
Tortura, acreditados por los representantes, la última inspección realizada por parte del Estado en hospitales
psiquiátricos había sido en el año 2014).
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