_____________________________________________________________________________________ REF.: Caso Nº 13.752 Celia Edith Ramos Durand y sus familiares Perú 3 de junio de 2023 Señor Secretario: Tengo el agrado de dirigirme a usted, en nombre de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con el objeto de someter a la jurisdicción de la Honorable Corte Interamericana de Derechos Humanos el Caso Nº 13.752 – Celia Edith Ramos Durand y sus familiares de la República del Perú (en adelante “el Estado de Perú”, “Estado peruano” o “Perú”). El caso se relaciona con la responsabilidad internacional de la República del Perú por la intervención quirúrgica de esterilización sin consentimiento realizada en el marco del Programa Nacional de Salud Reproductiva y Planificación Familiar (PNSRPF) en perjuicio de Celia Edith Ramos Durand en 1997, la cual ocasionó su muerte. La señora Celia Edith Ramos Durand tenía 34 años y vivía en el Caserío La Legua, Catacaos en Piura. Como parte del PNSRPF, se instaló un puesto de salud en el lugar donde vivía la Sra. Ramos Durand que impulsaba la anticoncepción quirúrgica. Durante varias semanas la señora Ramos Durand recibió constantes visitas de auxiliares de enfermería o enfermeras con la finalidad de convencerla de someterse a una ligadura de trompas. El 3 de julio de 1997, la señora Ramos Durand fue sometida a una intervención de anticoncepción quirúrgica, durante la cual presentó complicaciones médicas y fue trasladada a la clínica San Miguel de la ciudad de Piura, donde fue internada en estado de coma. Ese mismo día el personal médico del Ministerio de Salud del caserío La Legua esterilizó a quince mujeres. La señora Celia Ramos falleció el 24 de julio de 1997. El 30 de julio de 1997, el esposo de la señora Ramos Durand presentó una denuncia ante la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Piura contra el personal médico que participó en la intervención quirúrgica, por el delito de lesiones graves seguidas de muerte, la cual fue archivada con carácter definitivo el 17 de diciembre de 1997, debido a que el Fiscal Adjunto consideró que se trataba de un hecho fortuito por lo que la responsabilidad penal no había quedado demostrada. En el año 2002, un congresista remitió el caso de las esterilizaciones realizadas por el PNSRPF a la Fiscalía Especializada en delitos contra los Derechos Humanos del Ministerio Público, la cual, el 26 de mayo de 2009, luego de siete años, fue archivada aplicando la figura de prescripción de la acción penal. Esta investigación fue reabierta por la Fiscalía de la Nación el 21 de octubre de 2011 contra ex Ministros de Salud y otros funcionarios en perjuicio de mas de dos mil víctimas y el 25 de noviembre de 2013 se resolvió ampliar la investigación preliminar contra Alberto Fujimori entendiendo que los delitos constituyen graves violaciones de derechos humanos y conexos con delitos de lesa humanidad. El 6 de diciembre de 2016, la Segunda Fiscalía Penal Supraprovincial resolvió no formalizar la denuncia, disponiendo el archivo definitivo con el fundamento de que existía una hoja de consentimiento firmada por la presunta víctima, que no había sido declarada inválida o nula. Señor Pablo Saavedra Alessandri Secretario Corte Interamericana de Derechos Humanos San José, Costa Rica _____________________________________________________________________________________

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