observaciones de los representantes de los beneficiarios dentro de un plazo de dos semanas, contadas a partir de la recepción de las referidas observaciones de los representantes. 6. Requerir a CEJIL y Tlachinollan que, a más tardar el 15 de junio de 2021, presenten información completa y pormenorizada sobre los beneficiarios que no continúan trabajando en Tlachinollan, así como respecto a su situación de riesgo. 7. Disponer que la Secretaría notifique la presente Resolución a México, a los representantes de los beneficiarios, y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. Corte IDH. Caso Fernández Ortega y otros Vs. México. Medidas Provisionales. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 22 de abril de 2021. Resolución adoptada en San José de Costa Rica por medio de sesión virtual. Elizabeth Odio Benito Presidenta L. Patricio Pazmiño Freire Eduardo Vio Grossi Humberto Antonio Sierra Porto Ricardo C. Pérez Manrique Pablo Saavedra Alessandri Secretario Comuníquese y ejecútese, Elizabeth Odio Benito Presidenta Pablo Saavedra Alessandri Secretario 11

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