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en el ejercicio de sus atribuciones de supervisión de cumplimiento de sus decisiones
y de conformidad con los artículos 67 y 68 de la Convención Americana sobre
Derechos Humanos, 25.1 de su Estatuto y 29.2 de su Reglamento,
RESUELVE:
1.
Declarar que el Estado de Chile ha dado pleno cumplimiento a la sentencia de
la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 5 de febrero de 2001.
2.
Dar por terminado el caso “La Última Tentación de Cristo” y archivar el
expediente.
3.
Notificar la presente Resolución a las víctimas, sus representantes, a la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al Estado de Chile.
4.
Comunicar esta Resolución a la Asamblea General de la Organización de los
Estados Americanos en su próximo período ordinario de sesiones por conducto del
Informe Anual de la Corte del año 2003.
Antônio A. Cançado Trindade
Presidente
Sergio García Ramírez
Hernán Salgado Pesantes
Máximo Pacheco Gómez
Alirio Abreu Burelli
Oliver Jackman
Carlos Vicente de Roux Rengifo
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
Comuníquese y ejecútese,
Antônio A. Cançado Trindade
Presidente
Manuel E. Ventura Robles
Secretario
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