33
85.
Adicionalmente a las declaraciones hechas por funcionarios del gobierno y el
Presidente Chávez, el Estado publicó y distribuyó el “Libro Blanco sobre RCTV”127. Según lo
alegado en dicha publicación, la decisión de no renovar la concesión a RCTV era “una
exigencia de la sociedad civil venezolana ante las graves faltas en materia de responsabilidad
social de la empresa mediática RCTV”128, toda vez que la emisora “suplantó a los actores
políticos y fabricó sus mensajes, violó la libertad de información, instigó a la guerra civil y al
golpe de Estado, atentó contra el equilibrio de poderes, ha establecido carteles económicos,
entre otras conductas alejadas de la responsabilidad social que exige el Estado y la sociedad
a quienes son empresarios y además usufructúan una porción del espacio
electromagnético”129. Asimismo, la decisión se habría fundamentado en la estrategia para
“modificar el modelo comunicacional que rige en Venezuela, en el cual el dueño del medio es
el dueño de todos los mensajes” 130.
86.
La publicación también señaló que, de acuerdo al artículo 108.5 de LOTEL, no serían
otorgadas las concesiones de uso del espectro radioeléctrico cuando surjan graves
circunstancias atinentes a la seguridad del Estado que, a juicio del Presidente de la República,
hagan inconveniente su otorgamiento. Por tal razón, “para el Estado venezolano resulta[ba]
‘inconveniente’ renovar la concesión a RCTV, [considerando sus] actuaciones durante dos
episodios que comprometieron la democracia y los Derechos Humanos en Venezuela, como
fueron el golpe de Estado ocurrido en abril de 2002 y el paro petrolero de diciembre de 2002
y enero de 2003”131.
B.2 El procedimiento y la decisión de no renovar la concesión a RCTV
87. El 5 junio de 2002, de acuerdo con el cronograma establecido por CONATEL 132, RCTV
solicitó formalmente que su título de concesión fuera transformado al nuevo régimen jurídico
de la LOTEL133. Sin embargo, CONATEL no consideró la solicitud de transformación dentro del
plazo de dos años indicado en el artículo 210 de la LOTEL134, sino que dio respuesta al mismo
en marzo de 2007 (infra párr. 93) sin hacer referencia al artículo 31 de la referida ley.
88. El 24 de enero de 2007, los representantes de RCTV se dirigieron a CONATEL,
solicitando que dicho órgano emitiera nuevos títulos de concesión a la emisora con base en la
siguiente normativa:
Bolivariana de Venezuela y la Red Nacional de Radio y Televisión (CD, Video Cadena Presidencial minuto 2:15:58)
127
MINCI, Libro Blanco sobre RCTV, Venezuela: marzo de 2007, 1era Edición (expediente de prueba, folios 3198
a 3381).
128
MINCI, Libro Blanco sobre RCTV, Venezuela: marzo de 2007, 1era (expediente de prueba, folios 3246 y
3247).
129
MINCI, Libro Blanco sobre RCTV, Venezuela: marzo de 2007, 1era Edición (expediente de prueba, folios 3247
y 3248).
130
MINCI, Libro Blanco sobre RCTV, Venezuela: marzo de 2007, 1era Edición (expediente de prueba, folio 3269).
131
MINCI, Libro Blanco sobre RCTV, Venezuela: marzo de 2007, 1era Edición (expediente de prueba, folio 3269).
Asimismo, el libro destaca que “RCTV dejó expresa evidencia de su participación en el golpe de Estado, no sólo
mediante la difundida imagen que registró la presencia de su director general, Marcel Granier, en el Palacio de
Miraflores durante la inconstitucional juramentación del empresario Pedro Carmona como presidente ilegítimo de
Venezuela, sino también a través de sus posiciones editoriales, la difusión de información falsa, propaganda política y
aplicación de censura” (expediente de prueba, folio 3270).
132
Cfr. Resolución No. 93 de CONATEL de 4 de diciembre de 2001 (expediente de prueba, folio 3060).
133
Cfr. Solicitud de Transformación presentada por RCTV ante CONATEL el 5 de junio de 2002 (expediente de
prueba, folios 3053 a 3057).
134
Cfr. Solicitud ante CONATEL de 24 de enero de 2007 (expediente de prueba, folio 3063). Comunicación No.
0424 emitida por el Ministerio del Poder Popular para la Telecomunicaciones y la Informática de 28 de marzo de 2007
(expediente de prueba, folio 3093).