-6que modifica la Ley de Amnistía19, que fue promulgada el 19 de agosto de 1992 20. Con
la modificación de dicha ley, se amplió el catálogo de conductas que se encuentran
amparadas por la referida amnistía21, y además se ordenó la creación de una Comisión
de la Verdad y Reconciliación para investigar y establecer la verdad sobre las violaciones
a derechos humanos ocurridas en el período entre 1980 y 1985. No obstante lo anterior,
el texto de dicha ley se encuentra acompañado con un anexo denominado “Memorándum
explicativo”, que expresamente dispone que “la sentencia del caso Moiwana dictada por
la Corte Interamericana de Derechos Humanos cae fuera del ámbito de aplicabilidad de
esta Ley, y por lo tanto, debe ser cumplida sin restricción alguna”. Los representantes
hicieron notar que no quedan claros los efectos jurídicos de dicho “Memorándum
explicativo”, y que dada la falta de investigación absoluta por parte del Estado (infra
Considerando 13), no se conocía cuáles eran los efectos que podía tener dicho
memorándum.
10.
Además, en su escrito de 2015, los representantes aportaron como prueba un
informe presentado por Surinam en 2014 ante el Comité de Derechos Humanos, del cual
se desprende que dicha reforma legislativa fue objeto de un recurso judicial, ante la
Corte Constitucional para que determine que dicha reforma es conforme con la
Constitución de Surinam22. Además, según informe de Amnistía Internacional anexado
a dicho escrito de los representantes, dicho recurso judicial no podría ser resuelto hasta
tanto se conforme la Corte Constitucional de Surinam23. De la información disponible,
no es claro si la referida ley de amnistía se encuentra vigente con posterioridad a la
interposición de dicho recurso. Luego del 2015, las partes no han remitido ninguna
información actualizada al respecto.
11.
Al respecto, la Corte reitera que “las disposiciones de amnistía, las reglas de
prescripción y el establecimiento de excluyentes de responsabilidad que pretendan
impedir la investigación y sanción de los responsables de las violaciones graves de los
derechos humanos – como las del presente caso, ejecuciones sumarias, extrajudiciales
o arbitrarias – son inadmisibles, ya que dichas violaciones contravienen derechos
inderogables reconocidos por el Derecho Internacional de los Derechos Humanos”. Así,
si bien el Memorándum explicativo a la reforma legislativa de 2012 (supra Considerando
9) explícitamente excluye la aplicación de amnistías a los hechos del presente caso, la
Corte toma nota de la falta de información con relación al valor jurídico de dicha parte
del documento. Esta falta de información, sumado a la falta de investigación de los
En la Sentencia se establece que “[e]l 19 de agosto de 1992 el Presidente de Surinam promulgó
oficialmente la Ley de Amnistía […], la cual otorga amnistía a quienes cometieron ciertos actos criminales, con
la excepción de crímenes de lesa humanidad, entre enero de 1985 y agosto de 1992 […]. La ley define
vagamente los crímenes de lesa humanidad como ‘aquellos crímenes que, de conformidad con el derecho
internacional, se encuentren clasificados como tales’”.
20
Gaceta Oficial de la República de Surinam No. 49, Ley de 5 de abril de 2012 que modifica la Ley de
Amnistía de 1989 (Anexo a comunicación electrónica de los representantes de 15 de junio de 2012).
21
Por ejemplo, se incorporan normas que prevén aplicar la amnistía a quienes “han cometido, y/o son
sospechosos de cometer, y/o han sido llamados a comparecer ante un tribunal por ofensas criminales dentro
del contexto de defensa del Estado y/o de derrocar a las autoridades conforme a la ley”; a quienes “han
cometido delitos en el contexto de conflicto en el interior, o durante los eventos de diciembre de 1982 u otros
conflictos conectados a aquellos referidos [en la Ley] en el período entre el 1 de abril de 1980 y 20 de agosto
de 1992, o que sean sospechosos de dichos hechos”, y a quienes “sean sospechosos o hayan sido llamados a
comparecer en el tribunal en relación con los hechos cometidos el 7, 8 y 9 de diciembre de 1982”.
22
Informe de Surinam al Comité de Derechos Humanos de 7 de marzo de 2014, CCPR/C/SUR/3, párr.
42,
disponible
en:
http://tbinternet.ohchr.org/_layouts/treatybodyexternal/Download.aspx?symbolno=CCPR%2fC%2fSUR%2f3
&Lang=en (Enlace electrónico proporcionado en escrito de los representantes de 20 de julio de 2015).
23
Amnistía
Internacional,
Informe
Anual,
Surinam
2013,
disponible
en:
https://www.amnestyusa.org/reports/annual-report-suriname-2013/ (Enlace electrónico proporcionado en
escrito de los representantes de 20 de julio de 2015).
19