3 - 12. La Resolución de la Corte de 12 de noviembre de 2000, en cuya parte dispositiva decidió mantener las medidas provisionales. 13. El escrito de observaciones de la Comisión Interamericana de 25 de mayo de 2001, mediante el cual puso en conocimiento de la Corte el asesinato de Francisco García, el día 20 de mayo de 2001, quien fuera miembro activo de la seccional de Barrancabermeja de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos de Colombia (ASFADDES) hasta el 28 de febrero de 2001, momento en el cual cesó sus actividades por “falta de garantías de seguridad”. Asimismo, la Comisión informó sobre las amenazas telefónicas sufridas por María Eugenia López, miembro de la seccional de Medellín de la mencionada Asociación, las cuales le “hacen temer por su vida”. 14. La Resolución de la Corte de 30 de mayo de 2001, en cuya parte dispositiva decidió: 1. Solicitar al Estado de Colombia que, en cumplimiento de las Resoluciones de la Corte […] de 10 de agosto y 12 de noviembre de 2000, y de conformidad con las nuevas circunstancias del caso: a. mant[uviera] las medidas provisionales dictadas en favor de los señores José Daniel Álvarez, Nidia Linores Ascanio, Gladys López, Yanette Bautista, María Helena Saldarriaga, Piedad Martín, María Eugenia López, Adriana Diosa, Astrid Manrique, Faride Ascanio, Carmen Barrera, Evidalia Chacón, José Publio Bautista, Nelly María Ascanio, Ayda Mile Ascanio, Miriam Rosas Ascanio, Javier Alvarez, Erik A. Arellano Bautista, Daniel Prado, Estela de Prado, Camilla Alejandra Prado, Lina Prado, Luz Elsia Almanza, Hilda Rosario Jiménez, Ramón Rangel, Robinson Amador, Yamel López, Emely Pérez, Yolanda Salamanca, Rosa Tulia Bolaños, Rocío Campos, Alexánder Rodríguez, Ángel Quintero, Claudia Patricia Monsalve, Marta Soto, Silvia Quintero, Gloria Herney Galíndez, Gladys Ávila, Rocío Bautista y María Eugenia Cárdenas y sus familiares; y b. adopt[ara], sin dilación, cuantas medidas sean necesarias para asegurar que las personas que trabajan o que acudan a las oficinas de la Asociación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, de Colombia (ASFADDES) pued[iesen] ejercer sus funciones o gestiones sin peligro para su vida e integridad personal. 2. Requerir al Estado de Colombia que adopt[ara] las medidas necesarias para asegurar el derecho a la vida e integridad personal de los familiares de Francisco García, para lo cual solicit[ó] a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que, en un plazo de quince días a partir de que la […] Resolución le sea notificada, present[ara] al Estado de Colombia un listado de las personas a cuyo favor deb[ía] éste adoptar dichas medidas de protección. 3. Requerir al Estado de Colombia que investig[ara] los hechos expuestos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que dieron origen a la adopción de las presentes medidas, con la finalidad de obtener resultados eficaces que lleven a descubrir a los responsables y sancionarlos. Dicha obligación de investigar, como la de prevenir y sancionar, deb[ía] ser asumida por el Estado como un deber jurídico y no como una simple formalidad. 4. Solicitar al Estado de Colombia que brind[ara] participación a los peticionarios en la planificación e implementación de las presentes medidas y que, en general, les mant[uviera] informados sobre el avance de las medidas dictadas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. […] 15. Los escritos presentados por el Estado de Colombia (en adelante “el Estado” o “Colombia”) entre el 14 de junio de 2001 y el 5 de febrero de 2007, mediante los cuales, inter alia, informó sobre las medidas de protección adoptadas en relación con los beneficiarios y se refirió a la investigación de los hechos que motivaron la adopción de las medidas provisionales.

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