RESOLUCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS DE 2 DE NOVIEMBRE DE 2011 CASO DÍAZ PEÑA VS. VENEZUELA VISTO: 1. El escrito de sometimiento del caso presentado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (en adelante también “la Comisión Interamericana” o “la Comisión”) ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la Corte” o “el Tribunal”) el 12 de noviembre de 2010, mediante el cual ofreció dos dictámenes periciales, sobre los que indicó su objeto pero identificó sólo a uno de los peritos propuestos. 2. La nota de 26 de noviembre de 2010, mediante la cual la Secretaría de la Corte Interamericana (en adelante también “la Secretaría”), inter alia, indicó que quedaba a la espera de la información sobre la identidad de uno de los peritos ofrecidos y de las hojas de vida de ambos, los cuales debían ser presentados, a más tardar el 3 de diciembre de 2010. 3. Los escritos de 3 de diciembre de 2010, mediante los cuales la Comisión Interamericana remitió, respectivamente, el original del escrito de sometimiento del caso, así como el listado de anexos, la prueba correspondiente y la hoja de vida de uno de los peritos por ella propuesto, el señor Alberto Arteaga Sánchez. Asimismo, la comunicación de 8 de diciembre de 2010, mediante la cual la Comisión informó el nombre del otro perito por ella propuesto, el señor José Jonathan Zeitune, y remitió su hoja de vida. 4. El escrito de solicitudes, argumentos y pruebas (en adelante también “escrito de solicitudes y argumentos”) presentado por la representante de la presunta víctima (en adelante también “la representante”)1 el 21 de febrero de 2011, mediante el cual ofreció un testimonio, la declaración de la presunta víctima y un dictamen pericial. 5. La nota de la Secretaría de 16 de marzo de 2011, mediante la cual, siguiendo instrucciones del Presidente de la Corte (en adelante también “el Presidente” o “la Presidencia”), se solicitó a la representante que especificara, a más tardar el 21 de marzo de 2011, el objeto de las declaraciones y del peritaje ofrecidos. 1 El señor Raúl José Díaz Peña designó como su representante a la señora Patricia Andrade, de la Organización Venezuela Awareness Foundation.

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