Cc)
El 8 de junio de 2022 la Oficina Nacional de Prevención de la Tortura? habría
presentado una denuncia en contra de la fiscal Sut Ren, en la cual se argumentó
una supuesta “persecución penal específica y selectiva” en contra de ocho
sindicados contra quienes se presentó acusación el 15 de abril de 2016 dentro
del expediente penal de la Masacre de Plan de Sánchez y CREOMPAZ?,
d)
La fiscal Elena Gregoria Sut Ren no contaría con medidas de seguridad brindadas
por el Estado. Aun cuando en junio de 2022 se le realizó un análisis de riesgo por
el Departamento de Seguridad del Ministerio Público, no se han adoptado
medidas para resguardar su seguridad, y el 6 de julio de 2022 “se hizo público
que, usando como justificante los resultados del análisis, el MP está analizando
trasladar a la fiscal Sut *a efecto de que cualquier riesgo disminuya”.
Tr
8.
Los representantes sostuvieron que en el presente caso se presentan los
requisitos de extrema gravedad, urgencia y la necesidad de evitar daños irreparables a
las personas. Argumentaron que "la extrema gravedad” se manifiesta en que la fiscal
Sut Ren ha sufrido “actos de criminalización” y el Ministerio Público ha dado trámite a
las denuncias que se han presentado en su contra, por lo que existe "un riesgo real e
inminente de ser privada de libertad”. Esto la pondría en grave riesgo, “pues podría ser
ubicada en lugares donde se encuentren personas que ella ha investigado”. También ha
sufrido “hostigamientos, amenazas, seguimientos, vigilancia, e incluso difamación a
través de publicaciones en internet, desde 2016, como consecuencia directa de su labor”.
Además, existe “la posibilidad de que [...] sea trasladada a otra Fiscalía”, lo que “afectaría
el desarrollo de las investigaciones”. La urgencia se configura porque "el riesgo al que la
fiscal se encuentra expuesta se ha agudizado en los últimos meses” producto de su
participación en los casos Bámaca Velásquez, Diario Militar y Masacre de Plan de
Sánchez. Existe irreparabilidad del daño, debido a la “probabilidad razonable de que la
fiscal Sut Ren y su familia sufran atentados [...] en contra de su vida e integridad, ambos
bienes jurídicos irreparables”. Además, una posible orden de aprehensión y detención
de la fiscal Sut Ren tendría como consecuencia la pérdida definitiva de los avances que
hasta la fecha se han logrado en las investigaciones de los seis casos. Adicionalmente,
“su traslado parece inminente, a pesar de que [...] no se ha adoptado medida alguna
para otorgarle seguridad y permitir que pueda seguir realizando la importante labor de
investigar los casos [...], en condiciones de seguridad”. Consideraron que dicho traslado
de fiscalía constituiría “una forma de obstrucción” al impedir “que las investigaciones se
desarrollen sin interrupciones”, y que "existe el inminente riesgo” de que, una vez
consumado el traslado de la Fiscal Sut, "sea destituida”. Finalmente, en cuanto a la
observación realizada por el Estado (infra Considerando 9), sostuvieron que "“h[an]
estado en comunicación con la Fiscal Sut, quien tiene conocimiento de esta solicitud de
medidas provisionales”.
3
La Oficina Nacional de Prevención de la Tortura, cuyo nombre completo es Oficina Nacional de
Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, funciona como Mecanismo
para la Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes previsto en el
Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o
Degradantes de las Naciones Unidas.
4
Según los representantes, no es la primera vez que tal Oficina “criminaliza el trabajo de operadores de
justicia independientes”. En su último examen periódico a Guatemala, el Comité Contra la Tortura de Naciones
Unidas se mostró “especialmente alarmado por la utilización de la institución como instrumento de presión a
jueces que luchan contra la corrupción [...] alegando que sus actuaciones judiciales podrían constituir tortura”.
Cfr. ONU, Comité contra la Tortura. Observaciones finales sobre el séptimo informe periódico de Guatemala,
CAT/C/GTM/CO/7,
23
de
noviembre
de
2018,
párr.
14.
Disponible
en:
https: //www.refworld.org.es/country,COI,CAT,,GTM,,5c1c00€e64,0.html