CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS
CASO TORRES MILLACURA Y OTROS VS. ARGENTINA
SENTENCIA DE 26 DE AGOSTO DE 2011
(Fondo, Reparaciones y Costas)
En el Caso Torres Millacura y otros,
la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante “la Corte Interamericana”, “la
Corte”, o “el Tribunal”), integrada por los siguientes jueces:
Diego García-Sayán, Presidente;
Manuel E. Ventura Robles, Juez;
Margarette May Macaulay, Jueza;
Rhadys Abreu Blondet, Jueza;
Alberto Pérez Pérez, Juez, y
Eduardo Vio Grossi, Juez;
presente además,
Pablo Saavedra Alessandri, Secretario,
de conformidad con los artículos 62.3 y 63.1 de la Convención Americana sobre Derechos
Humanos (en adelante “la Convención” o “la Convención Americana”) y con los artículos
31, 32, 62, 64, 65 y 67 del Reglamento de la Corte (en adelante “el Reglamento”), dicta
la presente Sentencia que se estructura en el siguiente orden:
El Vicepresidente de la Corte, Juez Leonardo A. Franco, de nacionalidad argentina, no participó en el
presente caso de conformidad con el artículo 19.1 del Reglamento de la Corte, de acuerdo al cual “[e]n los casos a
que hace referencia el artículo 44 de la Convención, los Jueces no podrán participar en su conocimiento y
deliberación, cuando sean nacionales del Estado demandado”.
La Secretaria Adjunta, Emilia Segares Rodríguez, informó al Tribunal que por motivos de fuerza mayor no
podía estar presente en la deliberación de la presente Sentencia.
Reglamento aprobado por la Corte en su LXXXV Período Ordinario de sesiones celebrado del 16 al 28 de
noviembre de 2009. Según el artículo 79.2 de dicho Reglamento, “[c]uando la Comisión hubiese adoptado el
informe al que se refiere el artículo 50 de la Convención con anterioridad a la entrada en vigor del presente
Reglamento, la presentación del caso ante la Corte se regirá por los artículos 33 y 34 del Reglamento
anteriormente vigente. En lo que respecta a la recepción de declaraciones se aplicarán las disposiciones del
presente Reglamento”.