-142. Requerir a las partes que coordinen y realicen las diligencias necesarias para que las personas mencionadas en el punto resolutivo primero rindan sus testimonios y dictámenes a través de declaración ante fedatario público (affidávit), y que las remitan a la Corte Interamericana a más tardar el 30 de junio de 2008. 3. Solicitar a la Secretaría de la Corte que, una vez recibidos los testimonios y dictámenes mencionados en el punto resolutivo primero, los transmita a las partes para que, en un plazo improrrogable de siete días contado a partir de su recepción, presenten las observaciones que estimen pertinentes. 4. Incorporar al acervo probatorio del presente caso, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 45.1 del Reglamento de la Corte, la declaración y peritaje de Ángel Palacios Lascorz, testigo ofrecido por el Estado y María Alejandra Díaz Marín, perito propuesta por el Estado, rendidos en el Caso Gabriela Perozo y otros vs. Venezuela. 5. Solicitar a la Secretaría de la Corte que transmita a las partes, junto con la presente Resolución, los testimonios de Ángel Palacios Lascorz y María Alejandra Díaz Marín, para que, en un plazo improrrogable de siete días contado a partir de su recepción, presenten las observaciones que estimen pertinentes. 6. Convocar a la Comisión Interamericana, a los representantes y al Estado, a una audiencia pública que se celebrará en la sede de la Corte Interamericana, el día 7 de agosto de 2008 a partir de las 09:00 horas, para escuchar sus alegatos finales orales sobre la excepción preliminar y eventuales fondo, reparaciones y costas en el presente caso, así como las declaraciones de las siguientes personas: Testigos A) Propuesto por la Comisión 1) Carlos Colmenares, presunta víctima, quien declarará sobre: i) los supuestos actos de hostigamiento y agresión de los que habría sido víctima; ii) las alegadas consecuencias que en su vida personal y desempeño profesional habrían tenido dichos actos, y iii) las investigaciones que habrían sido adelantadas por el Estado respecto de tales incidentes. B) Propuesto por los representantes 2) Antonio José Monroy, presunta víctima, quien declarará sobre: i) las supuestas agresiones físicas que habría recibido cuando se encontraba cubriendo noticias; ii) las supuestas amenazas y agresiones verbales de que habría sido objeto su equipo reporteril cuando intentaba llevar a cabo su labor periodística, y iii) las consecuencias que habrían tenido dichos actos en su vida personal y en su desempeño profesional. C) Propuesto por el Estado

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