los nombres de los dueños de dicha compañía63. También se tomó la declaración de un vecino
de la zona donde fue encontrado el cuerpo del señor Gómez Virula, 64 y de una persona, a
quien el señor Antonio Gómez Areano había señalado por haber amenazado a su hijo65.
40. El 24 de marzo de 1995 el Ministerio Público se constituyó en la sede de UNSITRAGUA 66,
y se recibió la declaración de ECG67. El 5 de abril de 1995 se recibió una nueva declaración
por parte de la hermana de la presunta víctima68. El mismo día se entrevistó a un conocido
del señor Gómez Virula quien manifestó haberlo visto “a pie, en compañía de tres individuos
desconocidos” el 16 de marzo de 1995 69.
41. El 12 de abril de 1995 los agentes investigadores acudieron al domicilio del señor Antonio
Gómez Areano a tomarle declaración. Ese mismo día, los agentes acudieron “a diferentes
direcciones con el objeto de entrevistar a algunas personas relacionadas al caso, pero [ello]
no fue posible por no encontrarse en su domicilio” 70. No consta en el expediente más
información al respecto. El 18 de abril de 1995 el señor Antonio Gómez Areano compareció
ante el Auxiliar Fiscal del Ministerio Público a rendir declaración71.
42. El 24 de abril de 1995 la Fiscalía General de la República remitió a la Corte Suprema de
Justicia el expediente procedente del Sexto Cuerpo de la Policía Nacional tramitado en contra
de los dos dueños de la empresa RCA con el objeto de que se le designara Juzgado de Primera
Instancia Penal, Narcoatividad y Delitos contra el Ambiente 72. El 26 de abril de 1995 la Fiscalía
General de la República remitió el expediente de la investigación al Juez Sexto de Primera
Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente, quien por resolución de la
Secretaría de la Corte Suprema de Justicia fue designado responsable de controlar y fiscalizar
la investigación sobre el homicidio del señor Gómez Virula 73.
Cfr. Transcripción de las declaraciones en el Informe del Ministerio Público de 21 de marzo de 1995 (expediente
de prueba, folios 700 a 701).
63
Cfr. Transcripción de la declaración en el Informe del Ministerio Público de 21 de marzo de 1995 (expediente
de prueba, folios 700 a 701).
64
Cfr. Transcripción de la declaración en el Informe del Ministerio Público de 21 de marzo de 1995 (expediente
de prueba, folio 701).
65
66
Cfr. Informe del Ministerio Público de 24 de marzo de 1995 (expediente de prueba, folios 703 a 705).
Cfr. Transcripción de la declaración de ECG en el Informe del Ministerio Público de 24 de marzo de 1995
(expediente de prueba, folios 703 a 704), y Declaración testimonial de ECG de 24 de marzo de 1995 (expediente de
prueba, folios 690 a 692).
67
Cfr. Transcripción de la declaración de la hermana del señor Gómez Virula en el Informe de la Sección de
Homicidios del Departamento de Investigaciones Criminológicas de la Policía Nacional de 5 de abril de 1995
(expediente de prueba, folio 467).
68
69
Cfr. Transcripción de la declaración en el Informe de la Sección de Homicidios del Departamento de
Investigaciones Criminológicas de la Policía Nacional de 5 de abril de 1995 (expediente de prueba, folio 467).
Cfr. Informe de la Sección de Homicidios del Departamento de Investigaciones Criminológicas de la Policía
Nacional de 12 de abril de 1995 (expediente de prueba, folio 472).
70
Cfr. Declaración testimonial de Antonio Gómez Areano ante el Auxiliar Fiscal del Ministerio Público de 18 de
abril de 1995 (expediente de prueba, folio 696).
71
Cfr. Oficio de 24 de abril de 1995 suscrito por el Auxiliar Fiscal del Ministerio Público (expediente de prueba,
folio 708).
72
Cfr. Oficio de 26 de abril de 1995 suscrito por el Auxiliar Fiscal del Ministerio (expediente de prueba, folios 709
y 710).
73
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