(…) el interés de las madrinas de los niños en reclamar a los menores es una maniobra para
obtener el depósito de los niños y devolvérselos a la madre de éstos, quien los maltrata y es
pésimo para ellos (…) el menor Osmín Ricardo Amílcar Tobar Ramírez asistió a la entrevista
y me manifestó que no le gustaría vivir con su madrina porque su esposo le pega mucho a él
(…) el hacinamiento en que viven las madrinas y sus familias, lo limitado de sus recursos
económicos y el hecho de que ellas conocían la desesperada situación en que se encontraban
los menores cuando estaban a cargo de su madre y no hicieron nada por terminar con el
maltrato, nos hacen recomendar que no les sean entregados los niños a las señoras Escobar
Carrera y Echeverría de Reyes. (…) Reitero lo que dije en el primer informe socio económico
en el sentido de que ambos niños deben ser integrados a familias que le proporcionen el
amor y cuidados que necesitan (…) por lo que recomiendo que se les declare en estado de
abandono para que puedan ser incluidos dentro del programa de adopciones que patrocina
la Asociación Los Niños de Guatemala”84.
65.
El 21 de julio de 1997 la Unidad de Psicología del Organismo Judicial presentó un informe
psicológico sobre la señora Ramírez y la abuela materna de los niños85. En relación con la señora Ramírez, se
indicó que “por las características que presenta la paciente, se deduce que su capacidad de poder asumir el
rol de madre está seriamente comprometido”86. Respecto de la abuela materna, se señaló que “como recurso
familiar hay que tomar en cuenta que un adulto con preferencias homosexuales estará transmitiendo esta
serie de valores a los niños que tenga a su cargo”87.
66.
El 29 de julio de 1997 la Procuraduría compareció ante el juzgado para emitir su opinión
sobre la situación jurídica de los niños Ramírez88. Concluyó lo siguiente:
(…) es abundante en su contenido [y] del análisis del mismo se evidencia la necesidad que
tienen los referidos niños de que se les brinde un nivel de vida mejor, dentro del seno de una
familia; quedando en claro a través de los Estudios Sociales (3) y de Investigación (1) que los
niños se encontraban en completo abandono por parte de su familia y principalmente su
madre( …) en tal virtud resulta procedente declarar el abandono de los niños ya
identificados, debiendo incorporarlos al programa de adopciones del hogar que actualmente
se encuentran89.
67.
El 6 de agosto de 1997 el Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores de Guatemala
dictó un auto donde declaró “en estado de abandono a los menores J.R. y Osmín Ricardo Amílcar Tobar
Ramírez”90. El juzgado le dio la tutela legal de los niños Ramírez al Hogar Asociación de Los Niños de
Guatemala y ordenó que dicha institución los incluyera dentro de los programas de adopción que
patrocinaba91.
3.3.
84
Guatemala.
Proceso de Adopción
Anexo 8. Estudio social de Blanca Anabella Burbano E., Trabajadora Social, 19 de mayo de 1997, Asociación Los Niños de
85
Anexo 4. Informe Psicológico de la Unidad de Psicología del Organismo Judicial, 21 de julio de 1997, EXP. 2663-96.
86
Anexo 4. Informe Psicológico de la Unidad de Psicología del Organismo Judicial, 21 de julio de 1997, EXP. 2663-96.
87
Anexo 4. Informe Psicológico de la Unidad de Psicología del Organismo Judicial, 21 de julio de 1997, EXP. 2663-96.
88
Anexo 4. Memorial, Procuraduría de Menores, Procuraduría General de la Nación, de fecha 29 de julio de 1997, EXP. 2663-
89
Anexo 4. Memorial, Procuraduría de Menores, Procuraduría General de la Nación, de fecha 29 de julio de 1997, EXP. 2663-
90
Anexo 4. Resolución, Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores, Guatemala, 6 de agosto de 1997, EXP. 2663-96.
91
Anexo 4. Resolución, Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores, Guatemala, 6 de agosto de 1997, EXP. 2663-96.
96.
96.
13