(…) el interés de las madrinas de los niños en reclamar a los menores es una maniobra para obtener el depósito de los niños y devolvérselos a la madre de éstos, quien los maltrata y es pésimo para ellos (…) el menor Osmín Ricardo Amílcar Tobar Ramírez asistió a la entrevista y me manifestó que no le gustaría vivir con su madrina porque su esposo le pega mucho a él (…) el hacinamiento en que viven las madrinas y sus familias, lo limitado de sus recursos económicos y el hecho de que ellas conocían la desesperada situación en que se encontraban los menores cuando estaban a cargo de su madre y no hicieron nada por terminar con el maltrato, nos hacen recomendar que no les sean entregados los niños a las señoras Escobar Carrera y Echeverría de Reyes. (…) Reitero lo que dije en el primer informe socio económico en el sentido de que ambos niños deben ser integrados a familias que le proporcionen el amor y cuidados que necesitan (…) por lo que recomiendo que se les declare en estado de abandono para que puedan ser incluidos dentro del programa de adopciones que patrocina la Asociación Los Niños de Guatemala”84. 65. El 21 de julio de 1997 la Unidad de Psicología del Organismo Judicial presentó un informe psicológico sobre la señora Ramírez y la abuela materna de los niños85. En relación con la señora Ramírez, se indicó que “por las características que presenta la paciente, se deduce que su capacidad de poder asumir el rol de madre está seriamente comprometido”86. Respecto de la abuela materna, se señaló que “como recurso familiar hay que tomar en cuenta que un adulto con preferencias homosexuales estará transmitiendo esta serie de valores a los niños que tenga a su cargo”87. 66. El 29 de julio de 1997 la Procuraduría compareció ante el juzgado para emitir su opinión sobre la situación jurídica de los niños Ramírez88. Concluyó lo siguiente: (…) es abundante en su contenido [y] del análisis del mismo se evidencia la necesidad que tienen los referidos niños de que se les brinde un nivel de vida mejor, dentro del seno de una familia; quedando en claro a través de los Estudios Sociales (3) y de Investigación (1) que los niños se encontraban en completo abandono por parte de su familia y principalmente su madre( …) en tal virtud resulta procedente declarar el abandono de los niños ya identificados, debiendo incorporarlos al programa de adopciones del hogar que actualmente se encuentran89. 67. El 6 de agosto de 1997 el Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores de Guatemala dictó un auto donde declaró “en estado de abandono a los menores J.R. y Osmín Ricardo Amílcar Tobar Ramírez”90. El juzgado le dio la tutela legal de los niños Ramírez al Hogar Asociación de Los Niños de Guatemala y ordenó que dicha institución los incluyera dentro de los programas de adopción que patrocinaba91. 3.3. 84 Guatemala. Proceso de Adopción Anexo 8. Estudio social de Blanca Anabella Burbano E., Trabajadora Social, 19 de mayo de 1997, Asociación Los Niños de 85 Anexo 4. Informe Psicológico de la Unidad de Psicología del Organismo Judicial, 21 de julio de 1997, EXP. 2663-96. 86 Anexo 4. Informe Psicológico de la Unidad de Psicología del Organismo Judicial, 21 de julio de 1997, EXP. 2663-96. 87 Anexo 4. Informe Psicológico de la Unidad de Psicología del Organismo Judicial, 21 de julio de 1997, EXP. 2663-96. 88 Anexo 4. Memorial, Procuraduría de Menores, Procuraduría General de la Nación, de fecha 29 de julio de 1997, EXP. 2663- 89 Anexo 4. Memorial, Procuraduría de Menores, Procuraduría General de la Nación, de fecha 29 de julio de 1997, EXP. 2663- 90 Anexo 4. Resolución, Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores, Guatemala, 6 de agosto de 1997, EXP. 2663-96. 91 Anexo 4. Resolución, Juzgado Primero de Primera Instancia de Menores, Guatemala, 6 de agosto de 1997, EXP. 2663-96. 96. 96. 13

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