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1.
Que de conformidad con lo señalado en el Considerando octavo de la […] Resolución, el Estado
ha cumplido con la publicación, al menos por una vez en el Diario Oficial y en otro diario de circulación
nacional en el Ecuador.
2.
Que de conformidad con lo indicado en el Considerando undécimo el Estado deberá entregar a
Daniel Tibi la cantidad de €82.850,00 (ochenta y dos mil ochocientos cincuenta euros), para cubrir el
valor de todos los bienes incautados, dentro de los cuales se incluyen las piedras y el vehículo marca
Volvo.
3.
Que mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los puntos
pendientes de acatamiento en el presente caso, a saber:
a)
investigar efectivamente los hechos del presente caso en un plazo razonable, con el fin
de identificar, juzgar y sancionar a todos los autores de las violaciones cometidas en perjuicio
del señor Daniel Tibi. El resultado de este proceso deberá ser públicamente divulgado;
b)
publicar, al menos por una vez, tanto la Sección denominada Hechos Probados como
los puntos resolutivos Primero al Decimosexto de la Sentencia, sin las notas al pie de página
correspondientes traducido al francés, en un diario en Francia;
c)
hacer pública una declaración escrita formal emitida por altas autoridades del Estado
en la que reconozca su responsabilidad internacional por los hechos a que se refiere el
presente caso y pida disculpas al señor Tibi y a las demás víctimas mencionadas en la
Sentencia;
d)
establecer un programa de formación y capacitación para el personal judicial, del
ministerio público, policial y penitenciario, incluyendo al personal médico, psiquiátrico y
psicológico, sobre los principios y normas de protección de los derechos humanos en el
tratamiento de reclusos. El diseño e implementación del programa de capacitación, deberá
incluir la asignación de recursos específicos para conseguir sus fines y se realizará con la
participación de la sociedad civil. Para estos efectos, el Estado deberá crear un comité
interinstitucional con el fin de definir y ejecutar los programas de capacitación en derechos
humanos y tratamiento de reclusos. El Estado deberá informar a esta Corte sobre la
constitución y funcionamiento de este comité;
e)
pagar la cantidad total de €148.715,00 (ciento cuarenta y ocho mil setecientos quince
euros) por concepto de indemnización de daño material, distribuida de la siguiente manera: a)
a Daniel Tibi, la cantidad de €57.995,00 (cincuenta y siete mil novecientos noventa y cinco
euros); b)
[…] el Estado deberá entregar [al señor Daniel Tibi] la suma de €82.850,00
(ochenta y dos mil ochocientos cincuenta euros) en los términos de los párrafos 237.e y 238
de la […] Sentencia; y c) a Beatrice Baruet, la cantidad de €7.870,00 (siete mil ochocientos
setenta euros);
f)
pagar la cantidad total de €207.123,00 (doscientos siete mil ciento veintitrés euros),
por concepto de indemnización del daño inmaterial, distribuida de la siguiente manera: a) a
Daniel Tibi, la cantidad de €99.420,00 (noventa y nueve mil cuatrocientos veinte euros); b) a
Beatrice Baruet, la cantidad de €57.995,00 (cincuenta y siete mil novecientos noventa y cinco
euros); c) a Sarah Vachon, la cantidad de €12.427,00 (doce mil cuatrocientos veintisiete
euros); d) a Jeanne Camila Vachon, la cantidad de €12.427,00 (doce mil cuatrocientos
veintisiete euros); e) a Lisianne Judith Tibi, la cantidad de €12.427,00 (doce mil cuatrocientos
veintisiete euros); y f) a Valerian Edouard Tibi, la cantidad de €12.427,00; y
g)
El Estado debe pagar al señor Daniel Tibi la cantidad total de €37.282,00 (treinta y
siete mil doscientos ochenta y dos euros), por concepto de las costas y gastos en que
incurrieron en el proceso interno y en el procedimiento internacional ante el sistema
interamericano de protección de los derechos humanos.
[…]
3.
Los escritos de la República del Ecuador (en adelante “el Estado” o “Ecuador”) de 7 de
marzo, 9 de abril, y 17 de julio de 2007; 17 de enero, 11 de febrero, 22 de mayo, y 9 de
septiembre de 2008, mediante los cuales remitió información referente a la supervisión de
cumplimiento de la Sentencia.