a esta medida. En diciembre de 2016, sostuvo que el “programa de educación permanente para erradicar la discriminación de género, los estereotipos y la violencia contra la mujer” se estaba trabajando en conjunto con el Ministerio de Educación y la Secretaría de Planificación y Programación de la Presidencia para lograr su inclusión en el currículo educativo base. Durante la audiencia privada de 24 de mayo de 2018, señaló que “el Ministerio de Educación ha impulsado por más de una década programas que han contribuido al fortalecimiento de la dignidad de la niña y de la mujer”, entre los cuales citó el “programa de Educando a la Niña, proyecto piloto en búsqueda de la niña, proyecto un mundo nuevo para la niña, entre otros”. Asimismo, dicho Ministerio “adoptó como hoja de ruta el Plan Estratégico 2016-2020”, a fin de “mejorar los servicios educativos”, y “cuenta con una estrategia de institucionalización del marco de derechos humanos, equidad de género y étnica, expresada en la Política Nacional de Promoción y Desarrollo Integral de las Mujeres, aprobada por Acuerdo Gubernativo 302/2009”. Recientemente, en diciembre de 2020, el Estado sostuvo que cumplió con esta reparación, pero las representantes controvirtieron tal cumplimiento. 56. En diciembre de 2020, el Estado remitió un Oficio de la Ministra de Educación dirigido al Procurador General de la Nación de 29 de octubre de 2020 66. Tal Oficio explica que en el Currículo Nacional Base del Ministerio de Educación se encuentra el tema de “[l]a erradicación de la discriminación de género, estereotipos de género y violencia contra la mujer”, a través de los tres ejes de equidad siguientes: (1) género, (2) etnia y (3) social. Tales ejes se desarrollan de acuerdo a los siguientes cuatro componentes: (i) equidad e igualdad; (ii) género y autoestima; (iii) equidad laboral, y (iv) equidad social, este último, con los dos subcomponentes de (a) género y poder, y (b) género y etnicidad. Dicho oficio también afirma que, sobre esta base, se han desarrollado contenidos específicos sobre la erradicación de la discriminación de género, estereotipos de género y la violencia contra la mujer67. Dicho oficio explica que el Currículum Nacional Base integra en las áreas de Ciencias Sociales, Formación Ciudadana e Interculturalidad, así como en Educación Física, el abordaje de la violencia contra las mujeres, en los niveles Primaria, Básica, Diversificada, y Bachillerato en Ciencias y Letras con Orientación en Educación68. 57. En dicho oficio y sus anexos no se indica a partir de qué fecha se hizo la incorporación del tema “La erradicación de la discriminación de género, estereotipos de género y violencia contra la mujer”; sin embargo, la Corte advierte que el Currículo Nacional Base se encuentra en la página web del Ministerio de Educación (https://www.mineduc.gob.gt/DIGECUR/), y que es de acceso público. Al respecto, este Tribunal constató que los ejes, componentes y contenido mencionados en el Oficio de la Ministra de Educación, se encuentran incluidos en el Currículo Nacional Base por nivel y Cfr. Oficio de la Ministra de Educación que contiene informe circunstanciado sobre currículo nacional base en Guatemala de 29 de octubre de 2020 (anexo al informe estatal de 7 de diciembre de 2020). 67 A partir del nivel de Educación Primaria se promueve el respeto hacia los derechos humanos, la igualdad de oportunidades y posibilidades para mujeres y hombres. Específicamente, en el sexto grado se identifica el machismo, etnocentrismo y el autoritarismo como mecanismos de negación al otro u otra, los artículos constitucionales y convenios a favor de la no exclusión y discriminación. A nivel de Educación Básica, desde el primer grado se desarrollan contenidos tales como, los retos de la interculturalidad, convivencia armónica y equidad de género, los conceptos de roles de género, el género en la política y el mundo laboral, las mujeres en la toma de decisiones, y la convivencia sana e intercultural en el centro educativo, los prejuicios y estereotipos. En el segundo grado se desarrolla el contenido de la enseñanza enfocada en la persona como sujeta de derechos y obligaciones, con enfoque en derechos específicos de la mujer. A nivel de Educación Diversificada, en el cuarto grado se desarrolla el contenido de la explicación de las maneras o razones del incremento del trabajo de la mujer asalariada, para alcanzar las competencias de una actitud incluyente, propositiva y responsable, y en el quinto grado se identifican las formas de exclusión de la mujer, con la finalidad de construir un Estado incluyente y democrático. 68 Cfr. Tercer Informe de Seguimiento a la Implementación de las Recomendaciones del Comité de Expertas del MESECVI de 2020, Mecanismo de seguimiento de la Convención de Belém Do Pará, en su párrafo 46. Disponible en: (https://www.oas.org/es/mesecvi/docs/Tercer-Informe-Seguimiento-ES.pdf). 66 25

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