18 denuncias (sólo se acude a la policía para denunciar delitos graves), poca cooperación entre policías y ciudadanos, así como una mayor conflictividad y rechazo hacia la presencia policial. […] Este tipo de grupos, de marcado carácter para-militar, son absolutamente ineficaces para las labores policiales regulares, mientras que, por el contrario, debido a la cultura para-militar que se fomenta entre sus miembros, el intenso corporativismo que favorece la complicidad y el encubrimiento, su autonomización del resto de la organización policial, y su alto poder de fuego y capacidad de uso de la fuerza física, se asocian con casos graves de abuso, delito y violación a los derechos 55 humanos” . 52. Por otra parte, la Defensoría del Pueblo de Venezuela, en su Informe Anual de 2001, indicó que respecto del estado de Aragua: “los modos de actuación más comunes son: la persona es solicitada y se entrega voluntariamente en presencia de testigos, posteriormente aparece muerta con varios impactos de bala. Se han encontrado cadáveres en los cuales los estudios forenses reflejan heridas y marcas visibles en partes del cuerpo, lo que indica la aplicación de algún tipo de tortura física antes de ser ajusticiados. También es común la tortura psicológica, la amenaza de muerte y el posterior cumplimiento de la misma, al igual que el hostigamiento del grupo familiar de la víctima. […] La Defensoría del Pueblo atendió durante [el] período [2000 a 2001], 30 denuncias de ejecuciones extrajudiciales ocurridas en presuntos "enfrentamientos policiales". Por otra parte, se denunció ante la institución la desaparición forzada de dos personas. Para el momento de cierre de la investigación aún no se conocía el paradero de éstas. El cuerpo policial que presenta mayores denuncias por presuntos ajusticiamientos es la Policía del estado Aragua, con 56 un total de 23 víctimas” . 53. A su vez, en el Informe Anual del Fiscal General de la República del año 2006, presentado a la Asamblea Nacional el 9 de agosto de 2007, se indicó que en el período de 2000 a 2007 existían 6405 casos de violación de derechos humanos, delito de homicidio, enfrentamientos o ajusticiamientos, de los cuales solo existían 436 acusaciones 57. 54. Adicionalmente, el perito Calixto Ávila reseñó que la Comisión de Política y Derechos Humanos de la Asamblea Legislativa del Estado Aragua interpeló a los comandantes de la Policía del Estado Aragua por más de cuarenta denuncias de violaciones a los derechos humanos 58. A su vez, los datos recolectados por la ONG venezolana denominada Programa de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) señalan que entre octubre de 1994 y septiembre de 1996 se registraron 272 muertes producidas por las actuaciones ilegales de funcionarios policiales 59. 55. En consecuencia, la Corte estima que de los informes y estudios aportados al acervo probatorio se desprenden elementos de convicción suficientes que permiten concluir que en Venezuela, durante la época de los hechos del presente caso, existía una seria problemática de abusos policiales, localizada en diversos estados, incluyendo el estado de Aragua. B. Las amenazas recibidas por parte de agentes policiales 55 De acuerdo con el estudio de Comité de Familiares de las Víctimas (COFAVIC) sobre las ejecuciones denunciadas entre 2000 y 2002 (los llamados “grupos de exterminio”), en la mayoría de los casos los responsables o sospechosos pertenecían a algún grupo comando de la policía. Cfr. Comisión Nacional para la Reforma Policial (CONAREPOL). Características de la Policía Venezolana (anexos al ESAP folios 6201, 6212, 6214). 56 Defensoría del Pueblo de Venezuela, Informe Anual 2001 (anexos al ESAP, folio 3201). 57 Cfr. Informe Anual del Fiscal de la República de 2007 (anexos al ESAP, folio 6512). 58 Cfr. Declaración del perito Calixto Ávila de 29 de enero de 2014 (expediente de fondo, folio 891). 59 Cfr. Informe Anual de PROVEA de octubre de 1994 a septiembre de 1996 (anexos al ESAP, folios 5938 y 6014).

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