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básico de la epidemiología molecular del VIH, que nos permite apreciar las relaciones epidemiológicas
sobre las bases de los datos genéticos virales” 41.
42.
Ante la pregunta sobre si el informe de la Universidad de Lovaina es “irrefutable” como
prueba confirmatoria de que el contagio se dio por la transfusión de sangre proveniente de la Cruz Roja,
los peritos citaron doctrina en el sentido de que: “en muchos casos, como en los casos para probar la
transmisión del VIH, los datos genéticos proporcionan la única prueba fiable de las relaciones
epidemiológicas directas entre las infecciones. Además de tareas puramente científicas, el análisis
genético se ha utilizado en varios casos como prueba jurídica para respaldar posibles casos delictivos de
infecciones por VIH. En casos legales, el análisis genético puede utilizarse junto con otro tipo de pruebas
para decidir si una transmisión sucedió con una certeza que está razonablemente fuera de duda” 42.
D.
Sobre los efectos en la vida de TGGL
43.
La madre de TGGL describió en varias oportunidades que su hija “ha sido víctima de la
más cruel discriminación, pues se la ha impedido estudiar en la escuela primaria, debido a su
enfermedad, al carecer de vivienda propia, mi familia y yo nos hemos visto en la obligación de arrendar
un inmueble, pero apenas los propietarios del mismo se enteran de la enfermedad de [TGGL],
valiéndose de cualquier artimaña nos hechan (sic) a la calle”43.
44.
En el contexto de una solicitud de amparo de pobreza en el marco de la acción civil
descrita infra, algunas personas acudieron a declarar sobre la situaci��n de TGGL y su madre. Dentro de
lo que describieron se encuentra que la madre de TGGL tiene una situación económica precaria; su
esposo la “dejó”; que no tiene trabajo estable; que mantiene a su familia con la venta de productos de
Yambal y Avon; que fue despedida de una empresa debido a que supuestamente daba una mala imagen
a la empresa; que se dedica al comercio informal con lo que satisface las necesidades de las tres
personas; y que no sólo la niña TGGL sino toda su familia es discriminada44.
45.
TGGL remitió una comunicación directamente a la CIDH el 4 de junio de 2013
describiendo su situación en los siguientes términos:
Señores Miembros de la Organización de los Estados Americanos, aunque ya todo se va
perdiendo, la noche va cobijando mi triste historia de mi infeliz vida, sin embargo todavía me
queda esperanza de seguir luchando, hasta el último día de mi vida.
41
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Respuesta de los Peritos Peralvo y Vivar de
aa de julio de 2001. Folios 176 - 185.
42
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Respuesta de los Peritos Peralvo y Vivar de
aa de julio de 2001. Folios 176 - 185.
43
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Solicitud de amparo de pobreza de 26 de
septiembre de 2001. Folios 221 y 222.
44
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Declaraciones en apoyo del amparo de
pobreza. Folios 227 y 228.