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por segunda vez, concluido el sumario y se dispuso que la Fiscalía emitiera su dictamen en el plazo
legal102.
93.
El 5 de mayo de 2000 la madre de TGGL solicitó nuevamente la práctica del examen
especializado sugerido por los peritos103.
94.
El 15 de mayo de 2000, a solicitud de la Fiscalía, el Juzgado Cuarto dispuso la reapertura
del sumario y ordenó la práctica de las siguientes diligencias: i) reconocimiento de los archivos de la Cruz
Roja para el 18 de mayo de 2000; ii) oficio a la Cruz Roja para que certifique a quiénes corresponden las
firmas e iniciales de los documentos con número de registro de la sangre tomada No. 43137, 43144,
43141, 43149, 43146, 43142, 43097 y 43095; iii) oficio a la Clínica Humanitaria para que aporte la
historia clínica de la señora Ana Plaza Suconota; iv) ampliación del informe de los peritos indicando el
significado de las iniciales que constan en el documento denominado “transfusiones”; y v) realización
del examen de identificación y comparación del genotipo viral por técnicas de hibridación en la sangre
de HS y de TGGL104.
95.
El 18 de mayo de 2000 el Secretario de la Junta Provincial de la Cruz Roja del Azuay
remitió copia de registros del Banco de Sangre, donde se indica el listado de las personas que donaron
sangre el 22 de junio de 1998, y el resultado negativo de todas estas muestras para el VIH. En cuanto al
23 de junio de 1998 aparece un donante numerado 37, con resultado positivo para el VIH105.
96.
El 18 de mayo de 2000 se llevó a cabo diligencia de reconocimiento de archivos en el
Banco de Sangre de la Cruz Roja. Se observó que cada donante tiene un código ingresado en la base de
datos de la computadora; que a HS y otras cinco personas les correspondieron los números 43137,
43144, 43141, 43149, 43146 y 43142, respectivamente; y que el donante 43137 tiene resultado positivo
para VIH. Se dejó constancia de lo siguiente: “de lo observado se pudo constatar que no se realizó
prueba alguna con fecha 22 de junio de 1998 a los donantes en cuestión, sino con fecha 23 de junio de
1999; además se observan borrones en las fechas en que se realizaron las pruebas, y también existen
borrones en otras fechas”. Se dejó constancia de que la “Dra Ruth106 Orellana” manifestó que antes de
diciembre de 1998, las donaciones recibidas pasadas las 6 pm y los fines de semana, no eran
registradas107. Mediante comunicación de 24 de mayo de 2000, la Junta Provincial del Banco de Sangre
102
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Cierre del sumario de 22 de marzo de 2000.
Folio 95.
103
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Escrito de la madre de TGGL recibido el 5 de
mayo de 2000. Folio 96.
104
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Auto de 15 de mayo de 2000. Folio no
numerado entre 97 y 98.
105
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Copias de la Cruz Roja. Folio 100.
106
La Comisión entiende que se trata de un error material y que se hace referencia a Edith Orellana, bioquímica del
Banco de Sangre de la Cruz Roja.
107
Anexo 2. Expediente judicial. Segundo Tribunal de lo Penal de Cuenca. Incorporado en el Anexo 1, Expediente
judicial. Juicio Civil No. 323 05. Corte Superior de Justicia de Cuenca. Primera Sala. Acta de reconocimiento de archivos de 18 de
mayo de 2000. Folio 102.