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Reparar integralmente a TGGL y su madre por las violaciones de derechos humanos
declaradas en el presente informe, incluyendo tanto el aspecto material como moral.
1.
2.
Proveer, en consulta con TGGL, de manera inmediata y permanente el tratamiento
médico especializado que requiere.
3.
Proveer, en consulta con TGGL, la educación primaria, superior y universitaria, de
manera gratuita.
4.
Realizar una investigación completa y efectiva de las violaciones de derechos humanos
declaradas en el presente informe.
5.
Disponer mecanismos de no repetición que incluyan: i) la implementación de
mecanismos serios y efectivos de supervisión y fiscalización periódica del funcionamiento y sistemas de
registro de los Bancos de Sangre que operan en Ecuador, incluyendo los privados y públicos; ii) la
implementación de mecanismos serios y efectivos de supervisión y fiscalización periódica de los
hospitales públicos y privados, a fin de asegurar que en su funcionamiento cuenten con las salvaguardas
necesarias para verificar la seguridad de los productos sanguíneos que se utilizan para actividades
transfusionales; iii) la implementación de programas de capacitación al personal de los Bancos de Sangre
que operan en Ecuador, a fin de asegurar que ejerzan sus labores de manera compatible con los
estándares técnicos mínimos de seguridad reconocidos internacionalmente; y iv) la provisión de
tratamiento y atención en salud gratuita a los niños y niñas con VIH que no cuenten con recursos para
ello.
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