9 3. De conformidad con lo señalado en los Considerandos 21 y 33 de la presente Resolución, se encuentran pendientes de cumplimiento los siguientes puntos resolutivos de la Sentencia: a) concluir el procedimiento penal iniciado por los hechos que generaron las violaciones del presente caso y resolverlo en los términos que la ley prevea (punto resolutivo décimo de la Sentencia), y b) incorporar, en la medida en que no lo haya hecho, a los miembros de las fuerzas de seguridad, de los órganos de investigación y de la administración de justicia en las actividades de difusión y formación sobre la prevención de la tortura y los tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes (punto resolutivo décimo tercero de la Sentencia). 4. Mantendrá abierto el procedimiento de supervisión de cumplimiento de los puntos pendientes de acatamiento señalados en los puntos declarativos segundo y tercero. Y RESUELVE: 5. Requerir a la República Argentina que adopte todas las medidas que sean necesarias para dar efectivo y pronto acatamiento a los puntos pendientes de cumplimiento, señalados en los puntos declarativos segundo y tercero supra, de conformidad con lo estipulado en el artículo 68.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. 6. Solicitar a la República de Argentina que, a más tardar el 14 de marzo de 2011, presente un informe detallado sobre las medidas adoptadas para cumplir con las reparaciones ordenadas que se encuentran pendientes de cumplimiento, en términos de lo establecido en los Considerandos 7 a 33 de esta Resolución. Posteriormente, la República Argentina debe continuar presentando un informe de cumplimiento cada tres meses. 7. Solicitar a los representantes de la víctima y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que presenten las observaciones que estimen pertinentes a los informes de la República Argentina referidos en el punto resolutivo sexto de esta Resolución, en los plazos de cuatro y seis semanas, respectivamente, contados a partir de la recepción de los mismos. 8. Continuar supervisando los puntos de la Sentencia pendientes de cumplimiento. 9. Solicitar a la Secretaría de la Corte que notifique la presente Resolución a la República Argentina, a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y a los representantes de la víctima. Diego García-Sayán Presidente

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