25/10/1975. En el mismo día, con diferencia de 15 horas, sería encontrado muerto por sus carceleros, ahorcado con un cinto de overol de presidiario, con los pies apoyados en el suelo, en suspensión incompleta. Sus compañeros de detención fueron unánimes al declarar que el overol obligatorio para todos ellos no incluía un cinturón. Esa farsa terminó por ser desenmascarada cuando se hicieron públicas las declaraciones de George Duque Estrada y Leandro Konder, periodistas detenidos en el mismo lugar, quienes testimoniaron haber escuchado los gritos de Herzog siendo torturado. Evidencias incuestionables de tortura fueron identificadas por el comité funerario judaico, responsable de la preparación del cuerpo para el entierro. Por esa razón Herzog no fue enterrado en el área del cementerio destinada a los suicidas, conforme a los preceptos religiosos del judaísmo. Finalmente, las afirmaciones contradictorias de los médicos legistas Harry Shibata, Arildo de Toledo Viana y Armando Canger Rodrígues, durante la acción judicial iniciada por la familia también contribuyeron a desmontar la falsa versión del suicidio. Cuando los medios recibieron la noticia de la muerte, los periodistas paralizaron muchas redacciones en São Paulo, debiendo los responsables de las empresas negociar para que los profesionales garantizasen la edición del día siguiente. El sindicato de periodistas declaró vigilia permanente y fue convocada una celebración religiosa en la Catedral, que el Comandante del II Ejército, General Ednardo D´ Avila Melo intentó impedir cerrando las avenidas que conducen al centro de São Paulo. No obstante miles de personas se aglutinaron en el templo abarrotado, ocupando parte de la plaza durante el culto ecuménico llevado adelante por el Cardenal Don Paulo Evaristo, el rabino Henry Sobel y el Reverendo Jaime Wright, hermano del desaparecido político Paulo Stuart Wright. En 1978, una decisión judicial declaró a la Unión responsable por su muerte. A partir de lo anterior, el trámite del proceso referente a Herzog en la CEMDP, no tuvo controversia, siendo el requerimiento aprobado por unanimidad en los primeros meses de la Comisión Especial. Lamentablemente, el informe presentado por el Ministerio de la Marina, presentado al Ministro de Justicia Mauricio Correa, en 1993, cuando el Estado democrático de derecho completaba ya cinco años de vigencia plena en nuestro país, prefirió mantenerse fiel a la versión del régimen dictatorial: “se suicidó el 25 de octubre de 1975, por ahorcamiento, en el interior de la celda que ocupaba en el DOI – CODI del II Ejército, según lo especificado en IPM y laudos elaborados por órganos competentes de la Secretaría de Seguridad Pública de São Paulo.” En 1979, en homenaje a Vlado –como era conocido por sus colegas, el Sindicato de Periodistas Profesionales del Estado de São Paulo creó el Premio periodístico Vladimir Herzog de Amnistía y Derechos Humanos.”113 J. Actuación del Ministerio Público Federal (Proceso No. 2008.61.81.013434-2) 152. En razón de los hechos reportados en el informe de la CEMDP, el 21 de noviembre de 2007 el abogado Fábio Konder Comparato requirió al Ministerio Público Federal que investigara los abusos y actos delictivos contra opositores políticos del régimen militar, por entender que el marco jurídico actual genera sobre el Estado la obligación de investigar y sancionar los crímenes de lesa humanidad que se hubieran cometido114. 153. La solicitud fue inicialmente analizada por miembros del Ministerio Público Federal sin prerrogativa penal. Es así que la Procuradora de la República Eugenia Augusta Gonzaga Favero y el Procurador Regional de la República Marlon Alberto Weichert solicitaron el 5 de 113 Direito à Memória e à Verdade: Comissão Especial sobre Mortos e Desaparecidos Políticos (expediente de prueba, folios 405 a 407). 114 Presentación de Fabio Konder Comparato en la Procuradoria de la República, São Paulo, 19 de noviembre de 2007). (expediente de prueba, folios 3521 a 3527). 33

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