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posible que éstos las reciban dentro del indicado plazo de un año, contado a partir de
la notificación de la presente Sentencia, el Estado consignará dichos montos a favor
de los beneficiarios en una cuenta o certificado de depósito en una institución
bancaria paraguaya solvente, en los términos del párrafo 335 de la presente
Sentencia.
25.
supervisará el cumplimiento íntegro de esta Sentencia y dará por concluido el
presente caso una vez que el Estado haya dado cabal cumplimiento a lo dispuesto en
la misma. Dentro del plazo de un año, contado a partir de la notificación de esta
Sentencia, el Estado deberá rendir a la Corte un informe sobre las medidas
adoptadas para darle cumplimiento, en los términos del párrafo 339 de la misma.
El Juez Cançado Trindade hizo conocer a la Corte su Voto Razonado, el cual
acompaña esta Sentencia.
Sergio García Ramírez
Presidente
Alirio Abreu Burelli
Oliver Jackman
Antônio A. Cançado Trindade
Cecilia Medina Quiroga
Manuel E. Ventura Robles
Diego García-Sayán
Víctor Manuel Núñez R.
Juez ad hoc
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