9 cumplimiento, información precisa y detallada sobre las medidas de seguridad que, eventualmente, adopte en favor de tales personas, entre ellas, los señores María Leontina Millacura Llaipén, Marcos Torres, Valeria Torres, Ivana Torres, Romina Torres, Evelyn Paola Caba, Miguel Ángel Sánchez y Tamara Bolívar. B. Solicitud de ampliación de las presentes medidas provisionales a favor de Luis Alberto Bolívar 20. En la Resolución de 25 de noviembre de 2011 (supra Visto 1), ante una solicitud de medidas provisionales interpuesta por las representantes a favor del señor Luis Alberto Bolívar, presunto testigo en el caso de la desaparición forzada de Iván Eladio Torres, la Corte Interamericana señaló que, si bien los hechos descritos por aquéllas revestían de extrema gravedad en tanto que, presuntamente, en noviembre de 2010 personal de la Seccional Primera de Policía golpeó al señor Bolívar y le suministró corriente con “una picana”, el Tribunal no contaba con elementos para verificar si la situación de éste resultaba urgente, puesto que no había recibido información respecto de hechos recientes de amenaza o riesgo hacia su persona. En consecuencia, el Tribunal solicitó a las partes informar sobre la posible situación de riesgo del señor Bolívar19. 21. En su escrito de 27 de abril de 2012 el Estado informó que “la Secretaría de Derec hos Humanos de la Nación señaló que [el señor Bolívar] no habría realizado denuncia alguna en el ámbito interno, respecto de los supuestos malos tratos que habría padecido por parte del personal policial en el mes de noviembre de 2010”. Las representantes y la Comisión no aportaron información respecto de la situación del señor Bolívar. 22. De este modo, ante la falta de elementos que, prima facie, establezcan los requisitos de extrema gravedad y urgencia de evitar daños irreparables al señor Luis Alberto Bolívar, la Corte desestima la solicitud de ampliación de estas medidas provisionales interpuesta a su favor. C. Solicitud de ampliación de las presentes medidas provisionales a favor de Guillermo Flores y Alba Rosana Vera González 23. En la Resolución de la Corte de 21 de noviembre de 2012 (supra Visto 6), frente a una solicitud de ampliación de las medidas provisionales interpuesta por las representantes a favor del señor Guillermo Flores, quien presuntamente tendría información respecto de lo sucedido a Iván Eladio Torres, el Tribunal consideró que aquéllas no aportaron elementos suficientes para verificar si la situación del señor Flores era de extrema gravedad y urgencia, y si podrían verse afectados de manera irreparable sus derechos a la integridad personal y vida. Por lo tanto, la Corte consideró pertinente solicitar a las representantes y al Estado que informaran sobre la situación actual del señor Flores, refiriendo, en su caso, hechos concretos que permitieran al Ecuador. Supervisión de Cumplimiento de Sentencia. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 4 de septiembre de 2012, considerando tercero. 19 Cfr. Asunto Millacura Llaipén y otros. Medidas Provisionales respecto de Argentina. Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 25 de noviembre de 2011, considerando cuadragésimo cuarto.

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