que según indicó, eran del Ejército, “que si los acompañaban” […] “que les tenía que
colaborar”. El señor Manuel Gelves Guerrero señaló que su esposa Griseldina se levantó
“para decirle a su hijo que no fuera”, agarró a su hijo del brazo” […] “pero los del Ejército
se adelantaron para sacarlo de la pieza y le pegaron en la cara”. Señaló que “entonces
se levantó y preguntó porque se lo traían, que ellos le contestaron que era para que
ayudara a cuidar un carro porque se venían a pelear a la “Y”, que a las cuatro de la
mañana lo regresaban”82;
b)
La señora Griseldina Carrillo agregó que “los tres sujetos le decían a su hijo que
los acompañara y su hijo se negó a ir, que el hombre que estaba afuera sacó un arma
y los amenazó”83. Precisó que su hijo, “dormía sólo con una pantaloneta”, entonces las
personas civiles “le permitieron que se colocara camisa y pantalón de colegio, unas
botas y medias y seguidamente lo echaron en media de ellos y se lo llevaron”84.
81. A partir de entonces, la versión del ejército indica que en la madrugada del 28 de mayo
de 1997 el Grupo Especial URE DELTA 6, al mando del Teniente D.D.W realizaba la orden de
operaciones “ESCORPION” conforme a la cual el grupo tenía por misión “capturar y/o
aprehender bandidos de las FARC que planeaban atacar el sitio 'Y', donde existía
permanentemente un retén de las tropas”85. La patrulla “estaba organizada en tres grupos”,
los comandantes eran el Teniente D. y el Cabo G86. La misión encomendada, consistía en
efectuar desplazamiento a “campo traviesa” desde la sede del Batallón del municipio de Fortul,
hasta el sitio conocido como “Las Piscinas”, en donde debían instalar emboscadas en espera
del tránsito de los subversivos y al mismo tiempo servir de apoyo ante un eventual ataque a
la “Y”87. De conformidad con las declaraciones del Teniente al mando, la operación había
iniciado desde el 25 de mayo con una “infiltración del área” y el 28 se habían ya avanzado
hasta el sitio conocido como las piscinas88, según el Cabo G. la información de que los
guerrilleros “querían hostigar” fue suministrada al personal del ejército que está en la “Y” por
personal civil, “pero no s[abía] exactamente” qué personas89.
82. Los hechos ocurridos el 28 de mayo de 1997, día en que fue encontrado el cuerpo del
señor Elio Gelves, quedaron registrados en el “informe de patrullaje” indicando que siendo las
3:35 AM, se inició contacto armado sobre los contraguerrillas que se encuentran en la “Y”, y
que el grupo “delta 6” tomó “dispositivo” sobre el sector tipo emboscada. Agrega el informe
que entre las 3:55 a 4:00 AM, el grupo “delta 6” entró en combate con “los bandidos” y
“vienen replegándose sobre el sector de la ‘Y’ y sostienen combate armado con dicho grupo”.
Indica asimismo que siendo las 5:00 AM, “continúa el contacto y el grupo avanza”, siendo las
5:10 AM, las unidades apoyan la retirada “de los bandidos”. El informe estipula que
Testimonio de Manuel Gelves Guerrero, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000,
Comandante Decima Octava Brigada (expediente de prueba, folio 150).
82
Testimonio de Griseldina Carrillo, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000, Comandante
Decima Octava Brigada (expediente de prueba, folio 151).
83
84
Fiscal Delegado, Colisión de Competencia, 30 de julio de 1998 (expediente de prueba, folios 163-173).
Comandante Decima Octava Brigada, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000
(expediente de prueba, folios 146-162).
85
Cfr. Declaración de W.C.L. ante el Despacho Promiscuo Municipal, 2 de julio de 1997 (expediente de prueba,
folios 174-177), y Declaración de M.J.H.O. ante el Despacho Promiscuo Municipal, 2 de julio de 1997 (expediente de
prueba, folios 178-181).
86
Cfr. Fiscalía 14 Penal Militar ante el Juzgado de Instancia de Brigadas de la Segunda División calificación del
sumario, 23 de abril de 2001 (expediente de prueba, folios 182-2015).
87
Cfr. Comandante Decima Octava Brigada, Juez de Primera Instancia, Decisión de 13 de junio de 2000
(expediente de prueba, folios 146-162).
88
Cfr. Declaración de M.G.C. ante el Despacho Promiscuo Municipal, 12 de julio de 1997 (expediente de
prueba, folios 216-218).
89
-29-