al vicio que denuncia como al derecho que sustenta” 45. En concreto, la Sala Segunda indicó lo
siguiente:
El recurso no puede fundarse en forma genérica; sino que cuando se aduce falta de
motivación en la sentencia, es necesario individualizar el acto viciado, referirlo
concretamente a sus fundamentos señalando la posibilidad razonable de incidencia de la
prueba ilegal u omitida en el razonamiento del tribunal de mérito”46 […] “el quejoso hace
referencia en forma genérica a la circunstancia que el dolo no se ha probado en el fallo,
sin cuestionar prueba alguna o pasajes de la sentencia [...]”. “Respecto al motivo
sustancial alegado corresponde desestimarlo “in limine”, porque las argumentaciones
recursivas revelan, en suma, la discrepancia valorativa del impugnante con el criterio de
la Cámara con relación al material probatorio incorporado legalmente al debate, porque
el Tribunal de Casación no puede rever ni juzgar los motivos que conformaron la
convicción del Tribunal a-quo […]47.
36. La Sala Segunda agregó que “la Cámara ha fundado en forma clara, completa y generosa el
dolo eventual que le atribuye a la conducta del encartado” para lo cual citó textualmente el
razonamiento de la Cámara Primera 48. Asimismo, indicó que la Cámara examinó la hipótesis de
que el imputado hubiera actuado con culpa lo que descartó dado que la “prueba de cargo reunida,
[…] muestra otra realidad de lo sucedido, mucho más gravosa” 49. Refirió que “el desprecio por el
resultado de una acción grave como lo es el apuntar a un vehículo en movimiento desde otro que
lo sigue, con un arma de grueso calibre y largo alcance, conociendo el poder de daño de sus
proyectiles, excluye toda forma de culpa […] y llena adecuadamente la exigencia típica del dolo,
bajo la forma eventual […]”50. En consecuencia, determinó que correspondía desestimar el
remedio intentado por resultar “formalmente improcedente” 51.
A.4 Recurso Extraordinario Federal
37. El 24 de febrero de 1998 la defensa del señor Gorigoitía interpuso un recurso extraordinario
federal (en adelante también “recurso extraordinario” o “REF”) contra la resolución de la Sala
Segunda que rechazó el recurso de casación52. La defensa solicitó la anulación de la sentencia de
la Sala Segunda que rechazó el recurso de casación impetrado y que se dicte una nueva sentencia
“en forma ajustada a derecho”53. La defensa del señor Gorigoitía indicó que las sentencias de la
Cámara del Crimen y la Suprema Corte resultaron arbitrarias por los siguientes motivos 54: a) el
dolo eventual que se atribuyó al obrar del inculpado, nunca fue probado55; b) se debió apreciar la
situación legal de Gorigoitía dentro del principio del in dubio pro reo, a la hora de decidir si la
Cfr. Sentencia del Poder de Mendoza, Expediente No. 63.145: “F. c/ Gorigoitía Guerrero, Oscar” Corte
de Justicia de Mendoza, 19 de diciembre de 1997 (expediente de prueba, folio 159).
46
Cfr. Sentencia del Poder de Mendoza, Expediente No. 63.145: “F. c/ Gorigoitía Guerrero, Oscar” Corte
de Justicia de Mendoza, 19 de diciembre de 1997, (expediente de prueba, folio 159)
47
Cfr. Sentencia del Poder de Mendoza, Expediente No. 63.145: “F. c/ Gorigoitía Guerrero, Oscar” Corte
de Justicia de Mendoza, 19 de diciembre de 1997, (expediente de prueba, folio 160).
48
Cfr. Sentencia del Poder de Mendoza, Expediente No. 63.145: “F. c/ Gorigoitía Guerrero, Oscar” Corte
de Justicia de Mendoza, 19 de diciembre de 1997, (expediente de prueba, folio 160).
49
Cfr. Sentencia del Poder de Mendoza, Expediente No. 63.145: “F. c/ Gorigoitía Guerrero, Oscar” Corte
de Justicia de Mendoza, 19 de diciembre de 1997, (expediente de prueba, folio 161)
50
Cfr. Sentencia del Poder de Mendoza, Expediente No. 63.145: “F. c/ Gorigoitía Guerrero, Oscar” Corte
de Justicia de Mendoza, 19 de diciembre de 1997, (expediente de prueba, folio 161).
51
Cfr. Sentencia del Poder de Mendoza, Expediente No. 63.145: “F. c/ Gorigoitía Guerrero, Oscar” Corte
de Justicia de Mendoza, 19 de diciembre de 1997, (expediente de prueba, folio 161).
52
Cfr. Recurso Extraordinario, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía,
febrero de 1998, ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (expediente de prueba, folio 176).
53
Cfr. Recurso Extraordinario, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía,
febrero de 1998, ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (expediente de prueba, folio 176).
54
Cfr. Recurso Extraordinario, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía,
febrero de 1998, ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (expediente de prueba, folio 185).
55
Cfr. Recurso Extraordinario, interpuesto por Adolfo V. MORENO, defensor de Oscar Raúl Gorigoitía,
febrero de 1998, ante la Suprema Corte de Justicia de Mendoza (expediente de prueba, folio 185).
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Suprema
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el 24 de
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