constitutivos de desaparición forzada de personas a agentes del Ministerio Público de la
Procuraduría General de la República 29, y sobre el Sistema Interamericano y los límites de la
jurisdicción penal militar, las garantías judiciales y la protección judicial, y la debida
investigación y juzgamiento de hechos constitutivos de desaparición forzada de personas a
los jueces del Poder Judicial de la Federación 30.
39.
Teniendo en cuenta el conjunto de las acciones informadas por el Estado, el cual
refleja su compromiso de continuar con el desarrollo e implementación de dichos cursos de
capacitación dentro de los distintos estamentos estatales, la Corte considera que México ha
cumplido con esta medida de reparación.
E.
Obligación de realizar una semblanza de la vida del señor Rosendo Radilla
Pacheco (punto resolutivo décimo quinto de la Sentencia)
40.
El Estado manifestó que, en atención a las discrepancias con las víctimas y sus
representantes sobre la publicación de la semblanza de vida del señor Rosendo Radilla
Pacheco, se comprometió a realizar nuevamente la publicación de una versión electrónica
de la misma aportada por los representantes. Indicó que la versión preliminar del texto fue
remitida por los representantes el 23 de julio de 2012 y, después de ser revisada, fue
devuelta el 2 de agosto de 2012 con algunas observaciones. Según el Estado, el 7 de
septiembre de 2012 se iniciaron los trabajos de publicación de la obra, y el 8 de octubre de
2012 el Estado, las víctimas y sus representantes acordaron el contenido del texto y de la
portada de una versión final del documento. Asimismo, el Estado indicó que el 21 de
diciembre de 2012 la Secretaría de Gobernación entregó al representante de las víctimas
1,945 ejemplares del libro titulado "Señores, soy campesino. Semblanza de Rosendo Radilla
Pacheco, desaparecido”. Finalmente, informó que el 1 de marzo de 2013 altas autoridades
del Gobierno Federal y la señora Ana María Radilla Martínez y el señor Rosendo Radilla
Martínez, en representación de los once hijos del señor Rosendo Radilla Pacheco,
presentaron públicamente el libro mencionado.
41.
Los representantes expresaron su conformidad con la publicación de la semblanza
editada por el Estado mexicano.
42.
La Comisión valoró “los esfuerzos del Estado y de los representantes para finalizar
[la] edición y publicación” de la semblanza de vida del señor Radilla Pacheco, y consideró
que el Estado ha cumplido con este extremo de la Sentencia.
43.
La Corte valora las acciones emprendidas por el Estado para la publicación de una
nueva semblanza de la vida del señor Radilla Pachecho, así como la realización de un acto
de presentación de la misma, en el cual participaron altos funcionarios de Gobierno. En vista
de la información aportada por las partes, la Corte considera que el Estado ha dado
cumplimiento total a esta medida de reparación.
29
Cfr. “Curso de Especialización en Derechos Humanos y Desaparición Forzada de Personas”. Anexo 7 al
escrito de 3 de octubre de 2012 (expediente de supervisión de cumplimiento, tomo V, folio 2911).
30
Cfr. “Marco Normativo y Precedentes sobre Desaparición Forzada de Personas y Jurisdicción Militar”,
material de las “Jornadas Itinerantes: El Impacto de las Reformas Constitucionales de Amparo y Derechos
Humanos en la Labor Jurisdiccional”. Anexo 16 al escrito de 30 de mayo de 2012 (expediente de supervisión de
cumplimiento, tomo IV, folio 2410). Además, el Estado remitió las bases, el cronograma y los conferencistas
encargados de las Jornadas Itinerantes. Cfr. Anexos 13, 14 y 15 al escrito del Estado de 30 de mayo de 2012
(expediente de supervisión de cumplimiento, tomo IV, folios 2393, 2403 y 2406). Asimismo remitió a la Corte el
contenido del “Diplomado en Derechos Humanos impartido en el Poder Judicial de la Federación”. Cfr. Anexo 6 al
escrito del Estado de 5 de abril de 2013 (expediente de supervisión de cumplimiento, tomo V, folio 3353).
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