58.
El mismo día el Fiscal de turno de homicidios envió al Jefe Provincial del Registro
Civil de Guayaquil el Protocolo de necropsia para la inscripción de la defunción. En el
certificado de defunción, con base en la necropsia practicada por médicos legistas de la
Policía Nacional de Guayas, se estableció que la causa del fallecimiento fue un “edema
agudo de pulmón y una pancreatitis hemorrágica” 47. La “[a]utopsia”, realizada el mismo
13 de diciembre a las 14:30 hs., concluyó que: “se trata de un cadáver, sexo femenino,
raza mestiza, 16 años de edad, 157 centímetros de estatura, quien ha fallecido dentro
de las ultimas 4 a 5 horas aproximadamente víctima de: EDEMA AGUDO DE PULMÓN. Lo que constituye la forma de la muerte” 48.
59.
El 17 de diciembre del 2002 el padre de Paola denunció, ante la Fiscalía de
Guayas, la muerte de su hija, pidiendo que se investigue la responsabilidad del
Vicerrector en ese suceso. En la denuncia indicó que “[e]s de dominio público que la
decisión de ingerir el veneno con los diablillos […] se debió a una decepción amorosa,
pues el Vice[rr]ector del [c]olegio, el señor Bolívar [Eduardo] Espín Zurita, había
seducido [a Paola]”. A esta denuncia se adjuntaron cartas escritas por Paola, dirigidas a
su madre y al señor Bolívar Espín 49.
60.
El 19 de diciembre de 2002 fue designada una Agente Fiscal para el caso, quien
solicitó al Jefe de la Policía Judicial la designación de un agente para adelantar las
investigaciones 50.
61.
El 2 de enero de 2003 el Vicerrector compareció ante el Agente Fiscal y prestó
declaración libre y voluntaria. En la misma, rechazó la denuncia en su contra 51.
62.
Los días 3, 7 y 13 de enero de 2003 la Agente Fiscal recibió declaraciones. El
primer día, del médico y del conserje del colegio, de una profesora de la institución, de
la materia de educación física, y de la Inspectora General. El segundo día, declaró la
Inspectora del curso. El tercer día lo hizo una compañera de colegio de Paola 52.
47
138).
Cfr. Certificado médico de defunción (expediente de prueba, anexo 4 al Informe de Fondo, fs. 137 y
48
Cfr. Informe de autopsia No. 931 de 13 de diciembre de 2002 (expediente de prueba, anexo 5 al
Informe de Fondo, fs. 140 y 141).
49
Cfr. Denuncia del señor Guzmán Bustos de 17 de agosto de 2002 (expediente de prueba, anexo 10
al escrito de contestación, fs. 6998 a 7000), y comunicación de la parte peticionaria del 14 de octubre de
2014.
50
Cfr. Comunicación de la Agente Fiscal de 19 de diciembre de 2002 (expediente de prueba, anexo 6 al
escrito de solicitudes y argumentos, f. 5689).
51
El Vicerrector adujo que el 12 de noviembre de 2002 concurrió a las 14:00 horas aproximadamente
al colegio en donde cumplía funciones, cuando, estando en su despacho, ingresó la Inspectora General, quien
le relató que una alumna había tomado “diablillos”, y que en ese momento se encontraba en el departamento
médico, siendo urgente contactarse con su progenitora. El Vicerrector adujo que, al tomar conocimiento de lo
ocurrido, se dirigió inmediatamente al lugar indicado, en donde se encontraba Paola junto con el médico, la
Inspectora General, las orientadoras del plantel y varias alumnas, y que ya la señora Albarracín había sido
contactada. Añadió que, una vez junto a Paola, le preguntó por qué había ingerido diablillos, si tenía algún
problema en su casa o con algún familiar, ante lo cual Paola, en aparente estado de lucidez, lloró y movió
negativamente la cabeza. Acto seguido, conforme narró el señor Bolívar Espín, arribó al establecimiento
educativo la madre de la niña, quien llegó acompañada. El Vicerrector expresó que, al no contar en el colegio
con los medios para restablecer la salud de Paola, él ordenó al médico que realizara una orden de traslado de
la niña al hospital Luis Vernaza y, además, ordenó al conserje del colegio que llamara un taxi para que
trasladara a la niña, sus parientes, el médico y la Inspectora General al mencionado nosocomio. Cfr.
Declaración del señor Bolívar Eduardo Espín Zurita de 2 de enero de 2003 (expediente de prueba, anexo 15 al
Informe de Fondo, fs. 222 y 223).
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