-65Aymara Lorenzo coinciden con lo alegado por los representantes195. Estos hechos fueron denunciados por las presuntas víctimas ante las autoridades venezolanas196. Los representantes mencionaron que se habrían llevado a cabo diversas diligencias de investigación entre el 24 de enero de 2003 y el 4 de mayo de 2005 por parte de la Fiscalía 50º a Nivel Nacional197. El Estado no informó de ninguna diligencia practicada desde la denuncia. 219. La Corte observa que no ha sido demostrado que alguna autoridad agrediera directamente a las presuntas víctimas o que hiciera uso de la fuerza en su contra, en particular con bombas lacrimógenas o perdigones. Tampoco se observa que los disparos que se escuchan en el video hayan sido dirigidos hacia alguna de las presuntas víctimas. * * * 220. La Comisión alegó que el 10 de diciembre de 2002 varios grupos de personas llevaron a cabo protestas en la entrada de algunos medios de comunicación, incluido el edificio central del canal Globovisión en Caracas, donde durante horas un grupo de personas estuvo dirigiendo gritos contra el canal y sus trabajadores. Los representantes mencionaron que los manifestantes golpearon y rayaron las paredes y puertas del canal, e impidieron la entrada y salida de sus trabajadores hasta altas horas de la madrugada, lo cual contó con la participación de partidarios del gobierno y de funcionarios públicos. 221. En el video aportado por la Comisión, que contiene las escenas de los hechos, se puede apreciar un grupo indeterminado de personas reunidas, muchas de las cuales gritan y portan objetos con los cuales hacían ruido. En ningún momento se observa alguna agresión física a trabajadores de Globovisión o algún acto que dañara sus instalaciones.198 Estos hechos fueron denunciados ante autoridades venezolanas tres meses después de ocurridos199; sin embargo, no consta que se inciara una investigación (infra párrs. 302 y 318). ante el Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas contentiva de las declaraciones de Félix Padilla Geromes y Aymara Anahí Lorenzo Ferrigni (expediente de prueba, tomo IV, folios 898-901 y 909-910). 194 Cfr. declaración rendida ante fedatario público (affidávit) por Richard López Valle el 15 de abril de 2008 (expediente de prueba, tomo XXXIII, folios 8795-8799) y declaración de Richard López (expediente de prueba, tomo X, anexo 50 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folio 3082). s 195 Cfr. solicitud de justificativo de 17 de junio de 2003 ante el Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas contentiva de las declaraciones de Félix Padilla Geromes y Aymara Anahí Lorenzo Ferrigni (expediente de prueba, tomo IV, folios 898-901 y 909-910). 196 Cfr. denuncia presentada ante la Fiscalía 2º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 10 de marzo de 2003 (expediente de prueba, tomo IV, anexo 8 a la demanda, folios 965-975) y escrito de 26 de octubre de 2004 dirigido al Fiscal 68º del Área Metropolitana de Caracas (expediente de prueba, tomo V, folios 1671-1749). 197 Cfr. cuadros de denuncias ante el Ministerio Público confeccionado por los representantes (expediente de prueba, tomo XIV, anexo 69 al escrito de solicitudes, argumentos y pruebas, folio 4012). 198 199 Cfr. video (anexo 3 a la demanda). Cfr. denuncia presentada ante la Fiscalía 2º del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 10 de marzo de 2003 (expediente de prueba, tomo IV, anexo 8 a la demanda, folios 965-975).y escrito de 26 de octubre de 2004 dirigido al Fiscal 68º del Área Metropolitana de Caracas (expediente de prueba, tomo V, folios 1671-1749).

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