20 2000] a la presente fecha, entre las edades de 35 a 50 años” 82. El 31 de julio de 2003 el señor Armando Gutiérrez solicitó a la Agencia Fiscal hacerle entrega del pasaporte de su hermana, ya que éste “servir[ía] a la familia para reclamar las prestaciones labores que en derecho le corresponden”. El pasaporte le fue entregado 83. 75. El 26 de agosto de 2003 la agente fiscal puso en conocimiento al Director del Departamento de Promoción y Seguimiento de la Comisión Presidencial Coordinadora de la Política del Ejecutivo en materia de Derechos Humanos (COPREDEH) la investigación realizada sobre la desaparición de Mayra Gutiérrez e incluyó las investigaciones pendientes por realizar84. 76. El 13 de marzo de 2004 la agente fiscal solicitó al Departamento de Adopciones de UNICEF que “inform[ara] a [la] fiscalía si [Mayra Gutiérrez] colaboró con ustedes en un estudio e investigación sobre las adopciones establecidas en Guatemala, cuál fue su impacto a nivel nacional e internacional y en qué perjudicó a las instituciones y abogados que se detallan […]. Lo que se requiere es establecer en la investigación si hub[o] personas políticas y con poder del gobierno afectadas en el análisis del estudio de adopción” 85. 77. El 18 de marzo de 2004 el agente investigador de la PNC emitió un informe de investigación preliminar en donde se indicó que, conforme a la declaración de Armando Gutiérrez, se tendría como sospechoso de la desaparición al señor C. Indicó que en el año 2000 el señor C, Jefe en la Oficina Técnica de Evaluación de la Universidad de San Carlos, habría sustraído dinero que debía ser invertido en infraestructura de dicho centro. El señor Armando Gutiérrez señaló que Mayra Gutiérrez se habría dado cuenta de dicha situación, por lo que constituía “un obstáculo grande y grave para la Rectoría […y] la única salida era desaparecerla para evitar que sean delatados […] inventando que se había marchado con algún novio al extranjero”86. 78. El 9 de febrero de 2005 la Fiscalía General de la República recibió un escrito de la agente fiscal, informando sobre la investigación realizada. Indicó que estaban pendientes de realizar “exhumaciones de personas que han aparecido muertas como XX […] que se encontraron en [los] departamento[s] de Quetzaltenango, Chiquimula [y] Jutiapa”. También indicó que estaba pendiente que “[s]e citara a[l señor C] […] y otras investigaciones que por el momento no se pueden dar a conocer”87. 79. El caso de la desaparición de Mayra Gutiérrez se tramitaba en la Agencia Fiscal No. 34, sin embargo, debido a la reestructuración del Ministerio Público, la Agencia Fiscal que llevaba el caso se convirtió en la Agencia 1 de la Fiscalía de Delitos Patrimoniales de la Fiscalía Metropolitana y continuó a cargo del caso 88. El 26 de septiembre de 2005 la Secretaria Ejecutiva de la Fiscalía General de la República informó a la Fiscalía de Delitos Patrimoniales, que adjuntó la notificación relacionada con el procedimiento especial de averiguación No. 1-2000, el cual fue promovido por Mario Polanco, a favor de Mayra Gutiérrez89. 80. El 16 de diciembre de 2005 la agente fiscal de la Agencia 1 de la Fiscalía de Delitos Patrimoniales remitió al Ministerio Público, una Placa Metálica P-405776 de 1998 como evidencia, con el fin de que fuera resguardada y custodiada90. 82 Solicitud de la agente fiscal recibido el 13 de noviembre de 2002 (expediente de prueba, folio 6426). Cfr. Comparecencia de Armando Gutiérrez ante la Agencia Fiscal (expediente de prueba, folio 6435). 84 Cfr. Escrito de la agente fiscal de 26 de agosto de 2003 (expediente de prueba, folios 6436 a 6443). 85 Solicitud de la agente fiscal a UNICEF de 13 de marzo de 2004 (expediente de prueba, folio 6453). 86 Informe de Investigación Preliminar de la Policía Nacional Civil de 18 de marzo de 2004 (expediente de prueba, folios 3306 a 3308). 87 Escrito de la agente fiscal de 9 de febrero de 2005 (expediente de prueba, folio 6473). 88 Cfr. Circular No. 43-2009, Distribución de expedientes por reorganización de la Fiscalía Distrital Metropolitana (expediente de prueba, folios 3797 a 3800). 89 Cfr. Escrito de la Secretaria Ejecutiva de la Fiscalía General de la República de 26 de septiembre de 2005 (expediente de prueba, folio 6462). 90 Cfr. Escrito de la agente fiscal recibido el 16 de diciembre de 2005 (expediente de prueba, folio 6476). 83

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