24 informó sobre las investigaciones realizadas118 y el 7 de diciembre de 2000 se realizó una audiencia en la cual ésta sostuvo que “descartamos el secuestro, la detención ilegal, por no recibir llamadas telefónicas y por las exhibiciones personales a favor de la mencionada” 119. 97. Durante dicha audiencia, la Cámara Penal consideró que “procede la averiguación especial, cuando se hubiere interpuesto un recurso de Exhibición Personal sin hallar a la persona a cuyo favor se solicitó y existieren motivos de sospechas suficientes para afirmar que ha sido detenida o mantenida ilegalmente en detención por un funcionario público, por miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, o por agentes regulares o irregulares, sin que se dé razón de su paradero”. Así, declaró con lugar la solicitud interpuesta y ordenó al Procurador de los Derechos Humanos “reali[zar] la averiguación sobre la desaparición” de Mayra Gutiérrez. Para tales efectos, equiparó al Procurador “a los agentes del Ministerio Público, gozando de las facultades y deberes inherentes a dicho cargo”. Solicitó al Procurador que a más tardar el 12 de febrero de 2001 entregara el resultado de su investigación y dispuso que el Juez Segundo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el Ambiente controlara dicha investigación120. 98. El 10 de enero de 2001 una colega de trabajo de la señora Mayra Gutiérrez declaró ante la Procuraduría. Entre otros, se refirió a las investigaciones sobre adopciones realizadas por la presunta víctima121. 99. El 19 de enero del 2001 el Procurador de los Derechos Humanos solicitó al Jefe del Gabinete de Identificación de la Policía Nacional Civil que remitiera la cédula original de Mayra Gutiérrez122, la misma que fue remitida123. 100. El 23 de enero de 2001 el Procurador de los Derechos Humanos incorporó al expediente del procedimiento especial de averiguación, el estudio sobre la adopción de niños y niñas en Guatemala, enviado por UNICEF 124. El 25 de enero de 2001 el Procurador incorporó al expediente el informe de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en Guatemala (MINUGUA) sobre la denuncia de desaparición de Mayra Gutiérrez, el cual señaló distintos actos de obstrucción y falencias en la investigación125. 101. El 13 de febrero de 2001 el Procurador recibió un escrito de su Auxiliar Departamental, el cual indicó que “se ha[bía] solicitado información a todos los REGISTRADORES CIVILES DEL DEPARTAMENTO sobre las inhumaciones como XX, de cadá[v]eres femeninos a partir del 7 de [a]bril del año 2000. [Se recibió] respuesta de 17 municipios indicand[o] que no han tenido inhumaciones como XX de sexo femenino durante el tiempo indicando; salvo en Malacatán donde indica el registrador civil que [h]ay varios casos, pero que no se sabe el sexo, solamente la causa de la muerte y el lugar donde ocurrió. En San Pedro Sacatepéquez fueron inhumadas dos personas de edad y sexo ignorado”126. prueba, folio 5436), y Escrito de la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia recibido por el Ministerio Público el 18 de agosto de 2000 (expediente de prueba, folio 5440). 118 Cfr. Escrito del Ministerio Público recibido el 25 de agosto de 2000 (expediente de prueba, folios 5441 a 5445). 119 Acta No. 82, Audiencia dentro del procedimiento especial de averiguación 1-2000 de 7 de diciembre del 2000 (expediente de prueba, folio 53). 120 Cfr. Procedimiento especial de averiguación 1-2000 de 7 de diciembre del 2000 (expediente de prueba, folios 54 a 56). 121 Cfr. Escrito de la Procuraduría de los Derechos Humanos de 10 de enero del 2001 (expediente de prueba, folios 1761 a 1762). 122 Cfr. Escrito del Procurador de los Derechos Humanos de 19 de enero del 2001 (expediente de prueba, folio 1776). 123 Cfr. Cédula de vecindad de Mayra Gutiérrez (expediente de prueba, folios 1777 a 1781). 124 Cfr. Procedimiento especial de averiguación 1-2000 (expediente de prueba, folio 1782). 125 Cfr. Procedimiento especial de averiguación 1-2000 (expediente de prueba, folio 1783). 126 Escrito del Auxiliar Departamental del Procurador de los Derechos Humanos (expediente de prueba, folio 1842). Se adjuntaron “14 respuestas que [habían] venido por escrito” mientras que tres correspondientes a “Sipacapa, Ixchiguán y Tacaná fueron tomadas personalmente”. Cfr. Informe de la Municipalidad de San Marcos de 17 de enero de 2001 (expediente de prueba, folio 1843); Informe de la Municipalidad de Malacatán recibido el 25 de enero de 2001 (expediente de prueba, folio 1844); Informe de la Municipalidad de Concepción Tutuapa recibido el 29 de enero de 2001 (expediente de prueba, folio 1845); Informe de la Municipalidad de Comitancillo recibido el 29

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