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informó sobre las investigaciones realizadas118 y el 7 de diciembre de 2000 se realizó una
audiencia en la cual ésta sostuvo que “descartamos el secuestro, la detención ilegal, por no
recibir llamadas telefónicas y por las exhibiciones personales a favor de la mencionada” 119.
97.
Durante dicha audiencia, la Cámara Penal consideró que “procede la averiguación
especial, cuando se hubiere interpuesto un recurso de Exhibición Personal sin hallar a la
persona a cuyo favor se solicitó y existieren motivos de sospechas suficientes para afirmar
que ha sido detenida o mantenida ilegalmente en detención por un funcionario público, por
miembros de las fuerzas de seguridad del Estado, o por agentes regulares o irregulares, sin
que se dé razón de su paradero”. Así, declaró con lugar la solicitud interpuesta y ordenó al
Procurador de los Derechos Humanos “reali[zar] la averiguación sobre la desaparición” de
Mayra Gutiérrez. Para tales efectos, equiparó al Procurador “a los agentes del Ministerio
Público, gozando de las facultades y deberes inherentes a dicho cargo”. Solicitó al Procurador
que a más tardar el 12 de febrero de 2001 entregara el resultado de su investigación y
dispuso que el Juez Segundo de Primera Instancia Penal, Narcoactividad y Delitos contra el
Ambiente controlara dicha investigación120.
98.
El 10 de enero de 2001 una colega de trabajo de la señora Mayra Gutiérrez declaró
ante la Procuraduría. Entre otros, se refirió a las investigaciones sobre adopciones realizadas
por la presunta víctima121.
99.
El 19 de enero del 2001 el Procurador de los Derechos Humanos solicitó al Jefe del
Gabinete de Identificación de la Policía Nacional Civil que remitiera la cédula original de
Mayra Gutiérrez122, la misma que fue remitida123.
100. El 23 de enero de 2001 el Procurador de los Derechos Humanos incorporó al
expediente del procedimiento especial de averiguación, el estudio sobre la adopción de niños
y niñas en Guatemala, enviado por UNICEF 124. El 25 de enero de 2001 el Procurador
incorporó al expediente el informe de la Misión de Verificación de las Naciones Unidas en
Guatemala (MINUGUA) sobre la denuncia de desaparición de Mayra Gutiérrez, el cual señaló
distintos actos de obstrucción y falencias en la investigación125.
101. El 13 de febrero de 2001 el Procurador recibió un escrito de su Auxiliar
Departamental, el cual indicó que “se ha[bía] solicitado información a todos los
REGISTRADORES CIVILES DEL DEPARTAMENTO sobre las inhumaciones como XX, de
cadá[v]eres femeninos a partir del 7 de [a]bril del año 2000. [Se recibió] respuesta de 17
municipios indicand[o] que no han tenido inhumaciones como XX de sexo femenino durante
el tiempo indicando; salvo en Malacatán donde indica el registrador civil que [h]ay varios
casos, pero que no se sabe el sexo, solamente la causa de la muerte y el lugar donde
ocurrió. En San Pedro Sacatepéquez fueron inhumadas dos personas de edad y sexo
ignorado”126.
prueba, folio 5436), y Escrito de la Secretaría de la Corte Suprema de Justicia recibido por el Ministerio Público el 18
de agosto de 2000 (expediente de prueba, folio 5440).
118
Cfr. Escrito del Ministerio Público recibido el 25 de agosto de 2000 (expediente de prueba, folios 5441 a
5445).
119
Acta No. 82, Audiencia dentro del procedimiento especial de averiguación 1-2000 de 7 de diciembre del
2000 (expediente de prueba, folio 53).
120
Cfr. Procedimiento especial de averiguación 1-2000 de 7 de diciembre del 2000 (expediente de prueba,
folios 54 a 56).
121
Cfr. Escrito de la Procuraduría de los Derechos Humanos de 10 de enero del 2001 (expediente de prueba,
folios 1761 a 1762).
122
Cfr. Escrito del Procurador de los Derechos Humanos de 19 de enero del 2001 (expediente de prueba, folio
1776).
123
Cfr. Cédula de vecindad de Mayra Gutiérrez (expediente de prueba, folios 1777 a 1781).
124
Cfr. Procedimiento especial de averiguación 1-2000 (expediente de prueba, folio 1782).
125
Cfr. Procedimiento especial de averiguación 1-2000 (expediente de prueba, folio 1783).
126
Escrito del Auxiliar Departamental del Procurador de los Derechos Humanos (expediente de prueba, folio
1842). Se adjuntaron “14 respuestas que [habían] venido por escrito” mientras que tres correspondientes a
“Sipacapa, Ixchiguán y Tacaná fueron tomadas personalmente”. Cfr. Informe de la Municipalidad de San Marcos de
17 de enero de 2001 (expediente de prueba, folio 1843); Informe de la Municipalidad de Malacatán recibido el 25 de
enero de 2001 (expediente de prueba, folio 1844); Informe de la Municipalidad de Concepción Tutuapa recibido el
29 de enero de 2001 (expediente de prueba, folio 1845); Informe de la Municipalidad de Comitancillo recibido el 29