militar 22. El Salvador remitió la currícula de 13 programas de estudio 23 dirigidos cada uno a
militares de distintos rangos, con base en lo cual es posible constatar que contemplan cursos
de derechos humanos y derecho internacional humanitario. Con respecto a lo objetado por
las representantes (supra Considerando 10), la Corte también pudo constatar que varios están
dirigidos a militares con los grados de tenientes y capitanes, así como a militares que se
desempeñarán como “conductores y/o asesores en los niveles de conducción políticoestratégico”, y como “miembros de un Estado Mayor”, encargados de “conducir unidades a
nivel técnico y operativo” 24.
13.
En cuanto al contenido de los cursos, con base en la referida currícula, este Tribunal
pudo constatar que los programas de estudios abordan varios instrumentos internacionales
relevantes en materia de derechos humanos 25, y contienen un enfoque de género y de niñez,
en tanto varios de los cursos allí detallados abarcan el estudio de instrumentos internacionales
relacionados con esas temáticas, tales como la Convención sobre la Eliminación de Todas las
Formas de Discriminación Contra la Mujer, la Convención Interamericana para Prevenir,
Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención Belem Do Pará) y la Convención
sobre los Derechos del Niño, o bien incluyen bibliografía relacionada con dichas temáticas.
Además, la currícula permite constatar que, en algunos cursos, se incluye el estudio de
instrumentos internacionales relacionados con la temática de graves violaciones de derechos
humanos, tales como la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio,
la Convención contra la Tortura y otros Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes, la
Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura y la Convención
Interamericana sobre Desaparición Forzada 26. Finalmente, el Tribunal observa que, en la
currícula aportada por el Estado, se indica que casi la totalidad de los cursos incluye el “análisis
de casos”. La Corte insta al Estado a asegurarse que, dentro de dicho “análisis de casos”, se
incluya específicamente el estudio de la presente Sentencia y de la jurisprudencia de la Corte
Interamericana sobre graves violaciones a los derechos humanos (supra Considerando 8).
14.
Asimismo, la Corte valora positivamente que la Procuraduría para la Defensa de los
Derechos Humanos ha capacitado a más de 13.000 miembros de la Fuerza Armada en
“DDHH/niñez y adolescencia” y a más de 5.000 personas en “derechos humanos, derechos
de la mujer, niñez y personas con discapacidad” 27, en el marco del convenio firmado entre
El Estado remitió el Instructivo del Comando de Doctrina Militar No. 003-JEDUC-2013 de junio de 2013
(anexo al informe estatal de 10 de febrero de 2015), mediante el cual se “sistematiza[n] los contenidos relacionados
a la asignatura de Derechos Humanos, que serán incluidos en los pensum de los diferentes cursos que se imparten
en los centros de enseñanza del Sistema Educativo de la Fuerza Armada”, y envió copia de la Currícula de Derechos
Humanos y Derecho Internacional Humanitario para oficiales, suboficiales y tropas (anexa al informe estatal de 20
de abril de 2022), donde se puede constatar la inclusión de cursos de derechos humanos y derecho internacional
humanitario en dichos programas de formación.
23
El Estado remitió los contenidos de los cursos de derechos humanos dictados en los distintos programas de
estudios ofrecidos en los niveles de “formación” (Escuela Militar “Capitán General Gerardo Barrios”);
“perfeccionamiento” (Escuela de Infantería “General Manuel José Arce”); “especialización” (Escuela de Infantería
“General Manuel José Arce”); posgrado ( “Curso CREM/MAM” de la Escuela de Comando y Estado Mayor, y programa
ofrecido por el Colegio de Altos Estudios Estratégicos); “formación de suboficiales” (cursos de: Cabo y Técnico en
Administración de Recursos Militares), y “perfeccionamiento de suboficiales” (cursos de Sargento Primero, Sargento
Mayor, Sargento Mayor Primero y Sargento Mayor de Brigada). Asimismo, el Estado remitió la currícula de los cursos
de derecho internacional humanitario que se dictan en cada uno de esos niveles.
24
Cfr. Currícula de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario para oficiales, suboficiales y
tropas (anexa al informe estatal de 20 de abril de 2022).
25
Tales como el Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de los Derechos
Económicos, Sociales y Culturales; la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Declaración Americana de
los Derechos y Deberes del Hombre. Además, en algunos de los cursos se incluye el estudio de los “sistemas
regionales” de derechos humanos” (“Sistema Interamericano”, “Sistema Europeo” y “Sistema Africano”).
26
Asimismo, cada nivel de formación cuenta también con un curso de derecho internacional humanitario, en
el cual se abarca el estudio de instrumentos internacionales como los “Convenios de Ginebra” y los “Protocolos
adicionales a los Convenios de Ginebra”, y temáticas como la distinción de “categorías fundamentales de personas”
(“Combatientes”, “No Combatientes”, “Población Civil”, “Objetivos Militares” y “Bienes civiles”).
27
Cfr. Informes estatales de 26 de noviembre de 2018 y 20 de abril de 2022.
22
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