En virtud de que estas cuestiones afectan de manera relevante el orden público interamericano, de
conformidad con el artículo 35.1.f) del Reglamento de la Corte Interamericana, la Comisión se permite ofrecer
la siguiente declaración pericial:
Perito/a, cuyo nombre será informado a la brevedad, quien declarará sobre la relación existente
entre el derecho a buscar, recibir y difundir información, la lucha contra la corrupción y la protección del debate
sobre asuntos de alto interés público. En particular, se referirá al derecho a la libertad de expresión de personas
que, en razón de su empleo, la labor que desempeñan o posición institucional adviertan y expongan
irregularidades, hechos de mala administración, hechos de corrupción, violación de los derechos humanos,
violaciones del derecho humanitario y otros intereses públicos gravemente afectados (whistleblowers). El/la
perito/a expondrá sobre la aplicación e interpretación de los requisitos estrictos para establecer
responsabilidades ulteriores en escenarios como el descrito. Asimismo, el/la perito/a se referirá a las medidas
de protección que los Estados deben adoptar en favor de dichas personas (whistleblowers), a la necesidad de
establecer marcos regulatorios y mecanismos adecuados y efectivos que les permita denunciar hechos como
los descritos, así como a la necesidad de establecer mecanismos que los protejan de represalias, así como la
protección de reporte seguro incluyendo al interior de las Fuerzas Armadas. En la medida de lo pertinente, el/la
perito/a se referirá a otros sistemas internacionales de protección de derechos humanos y al derecho
comparado. Para ejemplificar el desarrollo de su peritaje, el/la perito/a podrá referirse a los hechos del caso.
El CV del/a perito/a propuesto/a será incluido en los anexos al Informe de Fondo No. 8/20.
La Comisión pone en conocimiento de la Honorable Corte la siguiente información de quien actúa como
parte peticionaria en el trámite ante la CIDH conforme a la información más reciente:
Rogelio Viteri Ungaretti
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Farith Simón y Hugo Washington Cahuenas Munoz
Clínicas Jurídicas de la
Universidad San Francisco de Quito
XXXXXXXXXXXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Consultorio Jurídico Gratuito de la
Universidad San Francisco de Quito
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Aprovecho la oportunidad para saludar a usted muy atentamente,
Marisol Blanchard Vera
Secretaria Ejecutiva Adjunta
Anexo
4