-61derechos humanos que se presentaron […] en el marco del conflicto armado, lograr la reconciliación y buscar la reincorporación a la vida civil de los miembros de [GAOML Grupos Armados Organizados al Margen de la Ley] que hayan expresado su voluntad de contribuir en el proceso transicional y que cumplan todos los requisitos establecidos por la ley”. Finalmente, resaltó “que en el marco […] de Justicia y Paz, las víctimas cuentan con múltiples oportunidades procesales para participar y expresar sus posturas”; c. Sobre la debida diligencia en la corroboración de la información obtenida en el marco de las versiones libres, afirmó que se han realizado numerosas diligencias de investigación para verificar lo señalado por los postulados y que los Fiscales han tenido en cuenta diversas declaraciones rendidas por las víctimas de este caso para determinar las líneas de investigación a seguir287. Concluyó que se han implementado medidas adecuadas con el fin de establecer el contexto en el cual ocurrieron los hechos, identificar patrones de criminalidad que pudieron dar lugar a los mismos, y establecer la circunstancias concretas en las cuales se presentó cada una de las violaciones alegadas; y que la labor investigativa no ha estado limitada a la realización de versiones libres sino que ha tenido en cuenta distintas fuentes de información a las que hizo referencia; d. Sobre la metodología de investigación desarrollada por la FGN para dar cuenta de los planes criminales que subyacen a la comisión de violaciones a los derechos humanos, indicó que “ha venido implementando a partir de 2012 [una estrategia de priorización incluye que] las ‘políticas’ del respectivo GAOML como uno de sus componentes […]” y que se basa en categorías derivadas de la jurisprudencia de la Corte Interamericana y otros tribunales internacionales dentro de las cuales se encuentran las de “prácticas” y “modus operandi”. Sobre la información contextual y de patrones de macro criminalidad relacionados con el caso concreto, argumentó que “la Fiscalía presentó ante los Magistrados de la Sala de […] Justicia y Paz, el contexto en el que se desarrolló el accionar de las denominadas [ACMM], construido a partir de la[s] distintas fuentes de información obtenidas en [el] desarrollo de la investigación”. Agregó que “[e]ste contexto continúa siendo documentado y ampliado, de acuerdo con la información que dentro de la labor de verificación [desarrollada] por la [FGN] se obtenga”; e. Sobre la contribución del procedimiento de Justicia y Paz para el esclarecimiento de la verdad respecto de la responsabilidad de actores políticos, económicos y militares relacionados con los hechos que son investigados, indicó que si bien la “jurisdicción especial de [J]usticia y [P]az no puede [desarrollar] la acción penal respecto de personas que no son desmovilizadas de un GAOML y postuladas a la Ley de Justicia y Paz, los Fiscales y Jueces que hacen parte de la misma, están en la obligación de compulsar copias a la Justicia Permanente cuando advierten que terceras personas no sujetas a la jurisdicción especial, deben ser investigadas por la posible comisión de hechos delictivos”. El Estado alegó que las confesiones e investigaciones en el proceso de Justicia y Paz han tenido impacto, por ejemplo, en el tema de la “parapolítica”; f. Sobre la garantía del derecho a la verdad, alegó que su cumplimiento es posible a través de una investigación diligente que busque la coincidencia entre la verdad procesal y la verdad real, y que los estándares internacionales en la materia, evidencian la relación intrínseca que existe entre el derecho a la verdad y el derecho de acceso a la justicia. Agregó que esa visión es reconocida igualmente por el marco normativo de justicia transicional implementado por el Estado. Además, señaló que teniendo en cuenta 287 Agregó que de acuerdo a lo anterior, “la Fiscalía ha sido cuidadosa en la realización de diligencias investigativas con la finalidad de esclarecer diversas hipótesis fácticas como la existencia de listas elaboradas por militares y entregadas a grupos paramilitares, la participación de miembros del Ejército en los hechos del caso, la existencia de vínculos entre comerciantes y ganaderos con los grupos paramilitares que operaban en la zona y su participación en los hechos del caso, y la ubicación de los restos de las personas desaparecidas”.

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